Análisis del Régimen Electoral Vigente para las Elecciones 2020
Carlos Rodrigo Zapata Cusicanqui
Marco Zapata Cusicanqui
Contenido
SESGO ELECTORAL, EL MAYOR PELIGRO PARA LA
DEMOCRACIA BOLIVIANA
Bolivia
enfrenta al presente el proceso electoral más temible de su historia. No solo
está en juego la democracia, sino la estabilidad y la posibilidad de una
convivencia pacífica y civilizada que permitan a los bolivianos aspirar a días
mejores.
Las
posibilidades de superar esta prueba sin profundos traumas ni grandes
retrocesos son escasas. Existe una suma de factores que parecen empeñados en
hacernos la tarea extremadamente difícil, como ser la pandemia en curso, la
crisis económica, la debacle política ocasionada por el fraude electoral del
20/10 y el intempestivo cambio de gobierno por la renuncia del gobierno del
MAS, una gestión gubernamental transitoria con múltiples errores y tropiezos,
una creciente presión para forzar la celebración de las elecciones pospuestas,
aprestos de convulsión social impulsadas por enemigos de Bolivia y, además,
gran insuficiencia de medios para enfrentar cada uno de estos factores.
Dichos
factores están a su vez plagados de contradicciones, urgencias y presiones que
hacen que el panorama general sea de carácter catastrófico.
Esbozar
siquiera mínimamente cada una de estas dimensiones podría demandar de los
lectores mucho tiempo, por lo que no ingresaremos en el tratamiento de estas
complejas y acuciantes dimensiones.
Por
ello nos concentraremos en la temática específica de este trabajo relacionada
con el régimen electoral actualmente vigente (en adelante, REV), que es a su
vez una dimensión crítica y central de las elecciones generales que requiere el
país, el cual se halla a nuestro parecer expuesto a múltiples dudas y
observaciones.
1. Introducción
Intuitivamente
buena parte de los bolivianos tiene la impresión que “vota pero no elige”.
Ello
se debe sin duda a las reglas que se han introducido en el régimen electoral ya
desde los años 90 y completado en los pasados 14 años que les permiten a los
partidos, entre otras facilidades, retener todos los escaños uninominales que
hayan obtenido, incluso a costa de escaños plurinominales que eventualmente les
corresponderían a otras tiendas políticas, posibilidad que se mantiene vigente
aún en el caso que los partidos que hayan obtenido dichos escaños uninominales
no superen la barrera del 3% de los votos.
A
ello se añade el hecho de la existencia de diversos otros sesgos imperantes,
como ser el que se observa entre circunscripciones urbanas y rurales en cada
departamento, así como entre circunscripciones de distintos departamentos. El
peso electoral de unas circunscripciones puede variar tanto en relación a
otras, especialmente entre departamentos, que el régimen electoral puede ser
visto como una farsa, muy alejado del clásico: 1 ciudadano, 1 voto, igual peso.
Estas
licencias que otorga el régimen electoral significan nada más y nada menos que
introducir un mecanismo mediante el cual se va rompiendo la proporcionalidad de
votos y se va introduciendo un sesgo de dimensiones insospechadas, al punto que
según los análisis que pueden efectuarse es posible ganar la mayoría absoluta
de la Cámara de Diputados ya con 30% de los votos e incluso menos, como
veremos, lo cual dependerá esencialmente del peso y cantidad de frentes en
disputa y otras variables.
Solo
imaginar que es posible un resultado de semejantes proporciones significa
reconocer que tenemos un régimen electoral capaz de producir resultados
ampliamente sesgados, lo cual muestra que el voto no vale lo que promete y que
basta con que un partido ordene sus acciones de acuerdo con las reglas vigentes
como para lograr su propósito de ganar gran influencia en las decisiones del
país, aún con un peso electoral completamente alejado de una distribución
proporcional aceptable.
En
este trabajo nos hemos propuesto esclarecer el carácter limitadamente
proporcional del régimen electoral imperante en Bolivia, es decir, los grados
en que es posible introducir sesgos electorales muy pronunciados y por tanto la
medida en la cual es posible conculcar los derechos electorales de la población
que asiste a las elecciones con una buena parte de las cartas marcadas.
A
fin de resolver esta tarea, primero presentaremos un recuento breve de los
orígenes y evolución del actual régimen electoral, lo cual nos ayudará a
comprender tanto las razones de la acumulación de sesgos, como los motivos que
en su momento pudieron haber tenido los diversos actores políticos para
establecer dicho régimen. Ello nos permitirá ir identificando algunos rasgos y
efectos que ha ido generando el REV. A continuación y en base a dicho recuento
pondremos de relieve los principales rasgos o características específicas del REV.
Allí podremos apreciar que la suma de reformas y ajustes introducidos
sucesivamente ha generado un régimen electoral que explotado hábil y
sistemáticamente puede arrojar resultados muy problemáticos para la convivencia
de los bolivianos.
Una
vez efectuado este esbozo de orígenes, evolución y rasgos del régimen
electoral, pasaremos breve revista al marco legal específico que estructura el
régimen electoral vigente y gobierna la mecánica de la transformación de votos
en escaños en el marco de dicho régimen electoral. Este paso es importante,
pues allí se podrá apreciar la diversidad de sesgos y permisividades que
establece el régimen electoral para apartarse de la regla de proporcionalidad.
En
base a todos estos elementos, a continuación mostraremos cómo se han
distribuido los escaños en los hechos y cómo es posible y probable
distribuirlos de acuerdo con el régimen electoral vigente. Para ello
presentaremos varios escenarios que muestran los grados y dimensiones que
pueden alcanzar los sesgos electorales.
Empezaremos
por definir escenarios teóricos que incluya todas las posibilidades de explotar
el régimen electoral vigente, lo que nos dará el sesgo máximo que es posible
alcanzar en la contienda electoral que tenemos en puertas. A partir de estos
escenarios teóricos, señalaremos algunos ejemplos de una familia de sesgos
teóricos posibles, modificando los valores de las variables fundamentales que
hacen posible y explican dichos sesgos electorales.
Luego
presentaremos diversos escenarios empíricos, basados en los resultados de las
elecciones generales de los pasados años, situación que nos mostrará que el
sesgo electoral no solo depende del conjunto de reglas establecidas en el
régimen electoral, sino además de varias otras variables o factores, tales como
la cantidad de fuerzas participantes, el peso electoral que tengan las mismas,
las estrategias que sigan y usen para lograr sus resultados, la aceptación que
puedan tener los candidatos en las diversas circunscripciones uninominales e
incluso de las técnicas antidemocráticas que se utilicen para incidir en el
voto. Se podrá también apreciar cómo en el camino van surgiendo procesos de
aprendizaje cuando se trata de dinámicas repetitivas sujetas a las mismas
reglas, capaces de explotar cada vez más refinadamente las opciones y
posibilidades que pone a disposición el régimen electoral vigente.
La
contrastación entre estos escenarios nos permitirá mostrar que el régimen
electoral tal como está concebido es mucho menos proporcional de lo que
usualmente se supone, constatación que
puede deberse a una correlación falsa o casual que se apoya exclusivamente en
los últimos resultados electorales habidos en el periodo en que dicho sistema
se halla vigente y no toma en cuenta los sesgos potenciales que es capaz de
producir el régimen electoral. Lo que pretendemos mostrar es que dichos sesgos
pueden ser muy pronunciados e inclusive catastróficos para la democracia
boliviana y que muchas condiciones están dadas como para que dichos sesgos se
pongan de manifiesto en las elecciones 2020.
En
la parte final presentaremos una valoración de conjunto de los resultados previos,
las conclusiones del análisis y algunas recomendaciones indispensables a fin de
preservar la democracia en Bolivia.
Justamente
porque comprendemos que la legitimidad de toda decisión democrática depende
sustancialmente de las mayorías que la sustenten, es que consideramos que un
resultado legal pero ilegítimo en las elecciones, basado en grandes sesgos
permitidos por el régimen electoral vigente, es decir, en una gran
desproporción de escaños ganados en comparación con los votos requeridos para
obtenerlos, podría ocasionar un daño muy grave a las bases y fundamentos de
convivencia de los bolivianos, mucho más en el periodo actual de extrema
polarización y politización de todos los ámbitos de la vida nacional que
estamos atravesando.
2. Evolución y rasgos del Régimen Electoral Vigente (REV)
Para
comprender el alcance de las preocupaciones que suscita el Régimen Electoral
Vigente (REV) es imprescindible señalar algunos de sus orígenes y rastrear la
manera en que ha ido tomando forma hasta llegar a su estructura actual.
Dado
que a lo largo de este trabajo nos referiremos constantemente al tema de sesgo
electoral, es oportuno definirlo brevemente. Entendemos por sesgo electoral a la diferencia entre
el porcentaje de votos y el porcentaje de escaños que pueden obtener los
frentes políticos en elecciones con dichos votos. Dicha diferencia significa
que existe una desproporción entre votos y escaños, lo cual señala que se está
obteniendo más o menos escaños, es decir, una mayor o una menor representación,
que la que corresponde a los votos obtenidos.
2.1 Orígenes del REV, ajustes durante el régimen del MAS y efectos
La
necesidad de contar con un régimen electoral remozado, acorde a los
requerimientos del momento y de las fuerzas políticas prevalecientes, surge
luego del retorno a la democracia (1982) y a más tardar después de la debacle
de la UDP (1985) debido en buena parte a su escaso apoyo parlamentario y su
baja capacidad de gobernabilidad.
Recién
en los años 90 va cristalizando un perfil de régimen electoral que no sea
proporcional puro, ni exclusivamente mayoritario, sino una mezcla de ambos, que
ha dado lugar a nuestro actual régimen electoral.
Sin
duda que el corazón de dicho régimen está conformado por un componente heredado
y uno nuevo. El componente heredado se refiere a una distribución de
escaños entre departamentos que ya se fue perfilando desde los años 50 y
consiste básicamente en distribuir una parte significativa de los escaños sin
considerar el tamaño de la población. Las repercusiones derivadas de este
factor son múltiples, de las cuales vale la pena destacar en esta oportunidad
los pesos electorales muy disímiles en las diversas circunscripciones, la
violación del principio del voto igual establecido en las constituciones, la
creación de ciudadanos con derechos electorales muy distintos, la toma de
decisiones nacionales por minorías regionales y otros sesgos que atentan contra
el voto igualitario.
El
componente nuevo se refiere a la nueva fragmentación que sufre la
geografía electoral boliviana al introducirse las circunscripciones
uninominales y decidirse originalmente que la mitad de los diputados se elegirán por
mayorías simples, es decir, que para ganar basta tener un voto más que los
demás competidores, sin importar cuan representativa del total sea la votación obtenida por el ganador en dichas
circunscripciones.
Se
sostuvo entonces que esa decisión buscaba que el elector elija a sus
representantes ante el Parlamento del modo más directo posible y que era una
manera efectiva de conectar al ciudadano con el Estado. Sin duda, es una manera
de ver esta reforma. La otra es ver que se fragmenta el electorado en
compartimentos cada vez menores y que de este modo se pone en bandeja la posibilidad que personajes
locales puedan lograr el apoyo de sus respectivas regiones, municipios y hasta
barrios. Las consecuencias relacionadas con esta medida son múltiples.
Valga
la pena mencionar que las circunscripciones uninominales profundizaron la
dispersión y la fragmentación del electorado con la consecuencia que forjaron
electorados cautivos locales que no requerían de grandes programas para abordar
la problemática nacional, sino que bastaba con algunas promesas para consumo
local. De ese modo, la preocupación por el país como conjunto, de respuestas
estructurales y sistemáticas fue quedando cada vez más a la deriva en favor de
respuestas y soluciones locales, puntuales, como si la simple suma de dichas
respuestas ya nos fuera a traer las soluciones que el país exige y merece.
A
tiempo de introducir las diputaciones uninominales, además se les dio un mayor
peso que a las plurinominales, situación que introdujo otro sesgo en el peso
electoral que puede tener profundas repercusiones no deseadas.
El
problema principal que podemos apreciar es que las circunscripciones
uninominales (CU) surgían en un marco o contexto en que ya existían fuertes
desbalances en la distribución de escaños. A título de ejemplo, el departamento
de La Paz con sus 3 millones de habitantes tiene menos de la mitad de
representantes en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) (33 entre
diputados y senadores) que los 3,3 millones de habitantes de los 6
departamentos de menor población que en total tienen 78 representantes. Una
consecuencia de esta forma de distribuir las diputaciones ha sido que el peso
de un elector en una CU pequeña (usualmente ubicada en un departamento de menor
población) llega a ser actualmente hasta 8 veces mayor que el de una CU grande
(usualmente ubicada en un departamento de mayor población).
En
este punto no se trata de discutir ahora la conveniencia de este régimen de
distribución departamental de la representación democrática, sino hacer notar
que la estructuración del REV no se ha dado en un espacio vacío, sino en un
ambiente ya cargado de historia, decisiones y formas de toma y ejercicio del
poder, provenientes ya de décadas pasadas. El problema esencial en relación a
este punto es que los distintos pesos electorales establecidos han conducido a
favorecer y priorizar respuestas cada vez más locales, lo cual también significa
más aisladas y más ajenas al conjunto nacional. Trozar el universo electoral
boliviano ya ha causado un enorme daño frente a la urgencia de estudiar y
comprender la problemática nacional de modo integral, así como ante las
soluciones y políticas que debemos imaginar y formular para encarar su
superación. Basta ver la ligereza con la que el común de los partidos facciona sus
programas –alguno ha llegado al extremo de presentar copia del programa de un
partido de otro país– como para aquilatar los extremos de este peligro.
Dicho
de otro modo: los sesgos empezaron a diversificarse y acrecentarse, al punto
que la idea de 1 ciudadano, 1 voto fue haciendo aguas, a medida que la
democracia se asemejaba cada vez más a una suma de maquinaciones antes a que a una
suma de votos. El Padre Pérez, de la Radio Fides, lo dijo una vez con todas sus
letras: “el pueblo vota, pero no elige”.
Esta
fase o etapa concluye con el triunfo inédito del MAS el 2005 con mayoría
absoluta de votos. El resultado fue que se apoderó ya entonces de la ALP,
situación que se profundizó hasta lo indecible en las elecciones subsiguientes,
llegando al extremo de tener en ambas cámaras dos tercios de los
representantes, el sueño dorado de todo autócrata: mandar a sus anchas y todo
bajo el manto protector de la democracia. Peor escenario para conservar y
desarrollar la democracia, imposible. De ahí al afán de perpetuarse en el
poder, ya no resta nada.
La
voluntad reformista del MAS se desencadenó allí. Durante los pasados 14 años ha
habido una diversidad de ajustes y complementos al régimen heredado, que le han
dado todas las herramientas imaginables como para que un partido pueda
perpetuarse en el poder mediante elecciones, de modo legal, incluso sin fraudes
electorales.
Entre
las reformas introducidas por el MAS cabe destacar la regla del 40/10, la
segunda vuelta, los diputados especiales, haber dado aún mayor peso a las
diputaciones uninominales modificando las cantidades de CUs y redibujando las
circunscripciones uninominales, de modo que calcen mejor con el lugar donde residen
sus adherentes.
La
Ley ha fabricado un procedimiento tan aparatoso como atrabiliario para
justificar circunscripciones con enormes diferencias, que mueve a la risa y la
hilaridad. El asunto es que con dicha justificación se puede delimitar circunscripciones
que dupliquen la superficie y la población entre una y otra circunscripción del
mismo departamento.[1]
Es como decretar dibujo libre, todo legalmente respaldado. El hecho es que a
las diferencias entre el peso de los electores de unos y otros departamentos,
se sumaron ahora nuevas diferencias entre circunscripciones al interior de los departamentos,
con lo que la geografía electoral del país ha terminado por convertirse en un enjambre
de pesos electorales, llegando a extremos inauditos, de 30 a 40 veces en el pasado,
y al 2019 a 8 veces de diferencia entre circunscripciones. El gráfico siguiente
ilustra dichas diferencias.
Pero
posiblemente el ajuste más importante que se puede mencionar producto de los
pasados 14 años se refiere al aprendizaje en el terreno con ese régimen
electoral. Al principio, cuando se introdujo estas reformas el año 1997, se
nota que no se apreciaban sus posibilidades, de modo que ni hubo grandes
sesgos, ni tampoco muchos caciques locales que lograron su ingreso al
parlamento. Todo aparentaba pulcra normalidad.
Ya
en las elecciones del 2002 se notó una intencionalidad dirigida para obtener
mejores resultados. El hecho es que el MNR con una diferencia mínima en votos
respecto a sus inmediatos rivales, obtuvo muchos más escaños que el MAS y NFR.
Los sesgos electorales que consiguieron el MNR y el MIR sumaban 9%, es decir,
tenían en conjunto 38% de los votos,
pero 47% de los escaños. Ello se debió sin duda a su inicial aprendizaje con la
forma de aprovechar mejor los resquicios y facilidades que ofrecía el régimen
electoral.
Fuente: www.simuladorasamblea.bo
No
obstante, los aprendizajes que logró el partido a cargo del país en los pasados
14 años son mucho más significativos, situación que le ha permitido explotar
todos los resquicios y posibilidades que ofrece el régimen electoral. Sus
ajustes y reformas han sido complementarios y han tocado piezas clave. La regla
del 40/10, hasta ahora no usada, resulta una formula extremadamente preocupante,
muy relacionada con experiencias de otros países, pero sobre todo íntimamente
ligada al voto duro y controlado que ha tenido el MAS en todos sus años al
mando del país. Además dicha regla apunta a evadir la mayoría absoluta de
votos, lo cual está en plena sintonía con el REV que busca generar sesgos y
evitar mayorías absolutas de votos para hacerse de la mayoría de los escaños.
Por
su parte, la segunda vuelta es una forma de cortar de raíz la posibilidad de
alianzas parlamentarias utilizadas para definir la elección del presidente. Esta
disposición evita las megacoaliciones y todas las formas de llegar a acuerdos
en la ALP una vez que se sepa cuál es el peso de cada cual, es decir, con cuántos
escaños cuenta cada frente. Esta regla no se ha aplicado nunca en Bolivia y por
lo que puede advertirse, los actores políticos no están sabiendo tomarla en
cuenta, pues aún no se han puesto en la situación de ganar sin mayorías
absolutas y sin megacoaliciones que puedan constituirse en la ALP. Ahora la
disputa es previa, porque es el elector el que decide la conformación de los
poderes públicos en primera y, si se requiere, en segunda vuelta. El problema
de empezar a buscar alianzas en caso que se requiera una segunda vuelta
electoral es que el poder legislativo ya estará conformado, y esta es una grave
falencia de los sistemas de doble vuelta electoral que favorecen la atomización
de fuerzas y la posterior negociación y componenda de quién da más, como se ha
podido observar en casos de países que reiteradamente han tenido que recurrir a
ella, como es el caso del Perú. En el ambiente convulso existente en Bolivia,
la segunda vuelta viene a ser como echar gasolina al fuego, y todo indica que
llegaremos a este extremo en las elecciones fijadas para el 18 de octubre del
2020.
¿Cuál
es el problema que surge de superponer las circunscripciones uninominales a la
distribución departamental de escaños establecida ya desde los años 50? Que no
solo se venía eligiendo proporcionalmente a más representantes de departamentos
con menor población, sino que ahora además se podía elegirlos con muchos menos
votos que en el pasado. El hecho es que en pasadas elecciones ha habido casos
en los que el voto de unos ciudadanos ha llegado a valer decenas de veces más
que el voto de otros ciudadanos en el otro extremo. A ello se ha sumado el
hecho que se ha dado un marcada preferencia a las diputaciones uninominales, estableciendo
la posibilidad de retener dichos escaños aun cuando no se cumpla la barrera del
3% e incluso hacerlo a costa de escaños plurinominales que corresponderían a
otros partidos. Más adelante veremos en mayor detalle las fórmulas de conversión
de votos en escaños.
Por
ejemplo, en las elecciones del 2009 el peso del voto de cada elector de la CU
68 ubicada en Pando equivalía al voto de 26 electores de la CU 15 en El Alto en
términos de inscritos, el mayor contraste de esa elección. Dicho esto mismo en
cantidad de electores: mientras la CU 15 tenía 179.466 inscritos, la CU 68
tenía 6.989 inscritos. En el primer caso el MAS ganó el escaño en disputa con
101.051 votos, mientras que en el segundo caso bastó con 2.344 votos para que
el PPB-CN [Plan Progreso para Bolivia-Convergencia Nacional, con M. Reyes Villa
y L. Fernández como candidatos] gane otro escaño. Una diferencia de 43 veces.
No
obstante, esta historia no concluye aquí. A fin de ilustrar y comprender los
“procesos de aprendizaje” que se han venido dando y la forma en que se ha
venido preparando fraudes en el marco del REV, veamos un ejemplo.
Dado
que la votación en la CU 15 de El Alto resultaba exagerada para ganar un curul
el 2009 (se lo ganó con el 83% de los votos válidos de la CU 15), al mismo
tiempo que el MAS perdió el curul de la CU 68 en Pando por 340 votos de
diferencia, no tuvieron inconveniente alguno en realizar unos ajustes para la
siguiente elección. En las elecciones de 2014, la CU 15 ya redibujada (un
ejemplo de la famosa práctica norteamericana del Gerrymandering[2])
pasó a tener 69.863 electores inscritos, mientras que la CU 68 desapareció y en
su lugar quedó la CU 63 con 17.282 inscritos. En dichas elecciones ambos
curules fueron ganados por el MAS, la CU 15 con 30.382 votos (equivalentes al
77% de los votos válidos de la CU 15) y la CU 63 (ex CU 68) con 5.590 votos
(equivalentes al 55% de los votos válidos de la CU 63). Unos ajustes en las
delimitaciones de las circunscripciones y unos traslados de electores, fueron
los instrumentos utilizados. Sena quina. Aprendizaje realizado. [3]
En
todas las elecciones desde el 2005 el MAS ha obtenido la mayoría absoluta de
las cámaras (excepto en senadores el 2005) e incluso los dos tercios. Dos
tercios de los escaños uninominales (en el caso de La Paz, todos) y también la
casi totalidad de los escaños especiales -diseñados a medida de sus propia militancia
y adherentes- han sido obtenidos por ese partido. Todo ello está también
relacionado con la introducción de diversas prácticas, como por ejemplo, poner
como candidatos a los jefes de las organizaciones sociales, alentar la
disciplina del voto, instaurar formas de control del voto, que van desde gangas
y prebendas hasta amenazas de exclusión. De este modo se han apropiado de la
lógica con que originalmente han sido creadas las CU –favorecer a candidatos
locales, en el marco de una democracia oligárquica o caciquil– solo que ahora
los poderosos candidatos locales son dirigentes de organizaciones sociales
cooptadas por el masismo.
Todos
estos elementos concurren a las elecciones. No es solo un asunto de introducir
una boleta en un ánfora. El país todo, con sus estructuras de lucha y poder, se
hace ahí presente, donde al final del día van a medir no quién obtuvo el mayor
apoyo ciudadano, sino quién logró pescar mejor en río revuelto. Y ya sabemos
que cuando no están seguros de lograrlo legalmente, recurren al fraude
anticipado o al del momento, sin importarles los derechos electorales de los
bolivianos.
Extrañamente
esa serie de triunfos inéditos del MAS ha generado la impresión entre los
observadores que el REV es muy proporcional porque no se han observado grandes discrepancias
entre votos y escaños. La regla de conversión de votos en escaños ha arrojado
resultados con leves desequilibrios. En efecto, un partido que logra semejantes
guarismos, superiores incluso al 60%, acapara prácticamente la gran mayoría de
escaños, por lo que su alta votación guardará estrecha relación con la alta
cantidad de escaños que gana. De ahí a concluir que el régimen electoral sea
altamente proporcional es un error monumental que podemos pagar muy caro en las
elecciones que se nos vienen ya encima por la inmensa presión que viene
ejerciendo el MAS. Volveremos a tocar este tema más delante en este trabajo
cuando comparemos los escenarios teóricos y empíricos.
2.2 Características predominantes del Régimen Electoral Vigente
Para
comprender de modo puntual de dónde proceden los diversos tipos de sesgos que
caracterizan al REV, es indispensable identificar sus principales rasgos. Como
lo señalábamos, proceden tanto del sistema de distribución de escaños entre los
departamentos como del sistema de asignación de escaños en base a un régimen
mixto, en parte proporcional y en parte mayoritario.
Los rasgos
más llamativos del REV son:
·
La diversidad y
cantidad de circunscripciones existentes. Al presente son 80, de las que 1 es
nacional, 9 departamentales, 63 uninominales y 7 especiales.
·
El tamaño variable
de las circunscripciones en términos de población electoral. Según los
datos de la elección del 2014, la diferencia entre CUs llegaba a 13 veces y
entre Circunscripciones Departamentales (CDs) a 23 veces. En el caso del padrón
del 2019, la diferencia entre CUs se había reducido a 8 veces.
·
El doble voto
existente que responde a su vez a distintas modalidades de elección. El primer
voto es proporcional, el segundo es por primera mayoría. Cómo se distribuyen
finalmente los escaños, es objeto de toda una ingeniería electoral de
enrevesados cálculos no muy claramente precisados en la Ley del Régimen
Electoral 026 que deja las puertas abiertas a resultados muy preocupantes. En Anexo se ha incluido el proceso de
cálculo requerido para transformar votos en escaños en base a los escenarios
que se han planteado.
·
La retención de
todos los escaños uninominales y especiales que haya obtenido una tienda
política debido a que la barrera de 3% de votos a nivel nacional solo vale para
las diputaciones plurinominales. Ello significa que un partido que no cumpla
con el 3% de los votos a nivel nacional, pero haya obtenido uno o más curules
uninominales y/o especiales, puede conservar dichos escaños y representar a los
bolivianos, pese a que deba perder su personería jurídica.
·
En caso que un
partido tenga más diputados uninominales que plurinominales se da preferencia a
los escaños uninominales a costa de los escaños plurinominales que eventualmente
les corresponderían a otros partidos con menor cociente proporcional.[4]
En pocas
palabras, el REV es un sistema mixto, donde la proporcionalidad resulta muy
disminuida debido:
·
a la primacía del
voto por mayoría simple imperante en las
CUs y las Circunscripciones Especiales (CE), sinónimo de falta de
representatividad, de aliento a caudillos o caciques locales, de bloqueo a la
siempre necesaria promoción de nuevos valores, de división del electorado, de
la producción de electorados locales cautivos, así como,
·
al lugar secundario
que se le asigna al voto proporcional que llega
al extremo de preferirse un escaño uninominal en lugar de un escaño
plurinominal. A título de ejemplo puede destacarse el caso del Partido
Socialista (PS) que en las elecciones del 2002 ganó un escaño uninominal (el
único que obtuvo a nivel nacional) con 13.204 votos pese a que no logró el 3%
de los votos a nivel nacional por lo que perdió su personería jurídica, arrebatando
un escaño a UCS que tenía 28.345 votos por cociente proporcional. Una clara
manera de destruir proporcionalidades.
Estas
características distintivas del REV no solo significan que se ha dado espacio a
la producción de sesgos muy pronunciados entre votos y escaños, sino que se ha
introducido una serie de incentivos que alientan a la práctica de la
manipulación de la voluntad soberana. Posiblemente el peor resultado de todos
es que una sociedad profundamente heterogénea, diversa y polarizada se muestra
mucho más interesada y preocupada por introducir mecanismos que alientan la
división y la segmentación, antes que buscar fórmulas de construir procesos de
inclusión y consenso que nos ayuden a superar las divisiones internas que nos
impiden mirar el futuro de modo conjunto.
Es
en este marco de creciente limitación de los derechos electorales de la
población que se puede apreciar que el REV ha facilitado la instauración de
diversas prácticas dañinas para el acontecer nacional como la segmentación del
universo electoral, la emergencia de electorados locales cautivos (en parte como
producto del peso e influencia de determinados caudillos locales, pero en parte
también debido a prácticas centradas en el voto consigna y la disciplina
sindical y comunitaria impuestas), el desinterés por los programas partidarios,
la casi completa desaparición de los partidos políticos como organizaciones
permanentes que reaparecen solo en periodos electorales, situaciones que
ineludiblemente llevan a preocupaciones distintas y a perder de vista la
cuestión nacional, básicamente centrada en la pobreza extrema de gran parte de
nuestra población, la creciente depredación de los bienes de la naturaleza, la
carencia de innumerables bienes y servicios públicos y la falta de visiones de desarrollo
compartidas, todos asuntos que exigen respuestas comunes.
3. Las elecciones nacionales según el Régimen Electoral Vigente
La
mecánica de conversión de votos en escaños que disponen las leyes para elegir
autoridades y asignar los escaños entre los frentes políticos participantes en
las contiendas electorales está construida sobre la base de 80
circunscripciones y doble voto.
El
primer voto está destinado a elegir presidente y vicepresidente del país
en circunscripción nacional, así como senadores y diputados plurinominales en
circunscripciones departamentales. En estos últimos casos, el método usado para
distribuir los escaños es de tipo proporcional, aplicando la regla de D’Hondt.
Por este procedimiento se elige actualmente los 36 senadores, o sea el total de
miembros de la cámara de senadores, y 60 diputados de los 130 que conforman la
cámara de diputados. [5]
Los totales de representantes de ambas cámaras son considerados fijos y han
sido establecidos por Constitución, no así la distribución departamental de
escaños ni la composición de escaños de diputados que son establecidas por ley.
En los pasados 5 procesos electorales (1997 a 2014) se ha modificado 4 veces las
cantidades de escaños que corresponden a cada tipo de diputados y hasta 3 veces
la cantidad de escaños que corresponde a los departamentos. Esta intensa
actividad legislativa tiene que ver tanto con ajustes por la variación
poblacional, como con conveniencias de las mayorías parlamentarias.
[Fuente: C. Cordero. Del sistema liberal
representativo al sistema liberal comunitario. KAS, 2014, p. 212. U:
Diputaciones Uninominales; P: Diputaciones Plurinominales; EI: Diputaciones
Especiales Indígenas]
La
regla de D’Hondt dispone que los votos obtenidos por cada partido a nivel
departamental se dividan por la serie de números naturales 1, 2, 3, etc. hasta
lograr asignar los escaños en disputa en cada departamento a aquellos frentes
que obtienen los cocientes más altos. De este modo se establece una correlación
razonable entre número de votos y número de escaños que además favorece
ligeramente a frentes políticos con menor votación, especialmente cuando la
cantidad de partidos participantes es alta.
El
segundo voto está destinado a elegir diputados uninominales (63) y
especiales (7) mediante mayoría simple, lo cual significa que el frente
político que obtiene la votación más alta en cada circunscripción gana el
escaño respectivo. Las diputaciones especiales se hallan destinadas a facilitar
representantes directos a los pueblos indígenas, por lo que solo tienen derecho
a elegir a estos diputados quienes pertenecen a dichos pueblos.
A
continuación se presenta un cuadro que muestra las principales normas
prevalecientes en la elección de 2002 y la vigente para el año 2020.
MARCO
LEGAL VIGENTE: ELECCIONES GENERALES
Norma
|
Fecha Promulgación / Publicación
|
2002
|
2020
|
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1994. Constitución
política de 1967 con reformas de 1994
|
12 de
agosto de 1994
|
X
|
|
NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO,
promulgada el 2009.
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22
octubre 2008
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026 Ley N° 026 del Régimen
Electoral
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30 de junio de 2010
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TEXTO ORDENADO DE LA LEY Nº 1984
CÓDIGO ELECTORAL
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LEY Nº 421 LEY DE
DISTRIBUCIÓN DE ESCAÑOS ENTRE DEPARTAMENTOS. Ley que introduce ajustes a la Ley 026, artículos 50, 56, 57 y
60
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07 de octubre de 2013
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LEY N° 1096 LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS,
Art. 60 de la CPE
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1 de septiembre de 2018
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Las normas señaladas han tenido cambios mínimos
desde la introducción de las CUs el año 1997, por lo que sus resultados son básicamente
comparables. Un cambio mayor tiene que ver con la Cámara de Senadores, donde se
amplió el número de senadores de 27 a 36 y se modificó su forma de elección al pasar
de la modalidad por mayorías, a la modalidad proporcional.
La
Ley 026 DEL RÉGIMEN ELECTORAL es la que establece los procedimientos a
seguir para la distribución y la asignación actual de escaños.
El
artículo 59 de la Ley 026 que regula este procedimiento, opta por seguir un
procedimiento integrado de asignación de diputaciones plurinominales y
uninominales, de modo que los dos métodos de votación y elección inicial
de diputaciones, aún deben atravesar algunos pasos como para definir la asignación
final de escaños que afecta exclusivamente a los escaños plurinominales,
mientras que la ley dispone que los partidos que ganan los escaños uninominales
pueden retenerlos.
Por su parte, la Ley N° 1096, LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS, dispone:
ARTÍCULO 60. (MANDATO DE LAS
AUTORIDADES ELECTAS). La cancelación o suspensión de la personalidad jurídica y
registro de una organización política o alianza, no dará lugar a la extinción
del mandato de las autoridades electas en la fórmula de dicha organización
política o alianza.
Ello
significa que aun en caso de perder la personalidad jurídica los partidos
pueden retener los escaños ganados. De este modo se convalida los escaños
ganados, sin tomar en cuenta el peso electoral logrado o las causales de
pérdida de la personería. Una representación del electorado construida sobre
este tipo de bases no luce prometedora, sino muy problemática. Como se puede apreciar,
el REV establece la barrera del 3% solo para elegir a senadores y diputados
plurinominales, pero ni así se respetan estas candidaturas, ya que son
desplazadas por las diputaciones uninominales, pese a que no tienen que cumplir
ninguna regla, ni barrera e incluso pueden ser retenidas por partidos políticos
que pierden su personalidad jurídica por insuficiencia de votos.
En
el Anexo adjunto se ha incluido una
selección de los principales artículos de las leyes mencionadas.
4. Los escenarios en el marco del Régimen Electoral Vigente
A
partir del marco esbozado preliminarmente, es crucial establecer qué escenarios
son posibles y probables en dicho marco. Entendemos por escenarios posibles a
todos los resultados que legalmente permite el REV. Dado que muchos de dichos
escenarios son producto de supuestos muy difíciles de darse en la realidad, identificar
dichos escenarios solo tiene un fin académico o de registro de posibilidades,
por lo que los llamamos escenarios teóricos. En cambio existen otros escenarios
que no solo son posibles sino que además son probables, dependiendo siempre de
una determinada constelación de factores que acompañe a las reglas establecidas
por el REV. Dentro de estos escenarios, a los que llamamos probables o empíricos,
cabe aún diferenciar entre más y menos probables o realistas.
¿Cuál
es la finalidad de esta identificación y clasificación de escenarios posibles y
probables? Simplemente la de alertar al país, a los actores sociales y
políticos acerca de los resultados que teórica y empíricamente pueden
producirse en la próxima contienda electoral, con la finalidad no solo de estar
precavidos, sino también de salir al paso ya desde ahora a dichos resultados
que puedan ser producto de grandes sesgos que permite el REV, lo cual
significaría que se puede producir una gran desproporción entre votos y
escaños, que a su vez ocasionaría una discrepancia más o menos grave entre
legalidad y legitimidad. Si dicha desproporción es alta, digamos, superior a 10
puntos porcentuales, entonces podemos decir que nos hallamos en una situación
problemática. La cuestión es que dichas discrepancias pueden ser incluso
mayores, lo cual puede ser ocasionar un profundo malestar en la sociedad
boliviana. La manera de salir al paso en las circunstancias actuales es
modificando actitudes y comportamientos contraproducentes, ya que una reforma
profunda del REV requerirá una constelación de factores al presente no
disponible.
Hay
una segunda razón de fondo de por qué debería preocuparnos el resultado,
especialmente si el sesgo entre votos y escaños es muy pronunciado. La razón se
debe a que un partido, aún sin ganar la presidencia, puede obtener una mayoría parlamentaria
que puede dar lugar a bloquear la gobernabilidad nacional. Este escenario es
más realista que el caso de un partido que pueda ganar la presidencia gracias a
una gran sesgo entre votos y escaños y además pueda obtener la mayoría absoluta
de ambas cámaras, aunque tampoco se puede descartar esta posibilidad.
Ambos
escenarios son altamente preocupantes, por tres razones centrales: 1) porque el
resultado que se obtenga sería legal, en el sentido que se hallaría en
consonancia con el REV, pero 2) podría ser portador de un sesgo de proporciones
catastróficas y 3) porque el partido que pueda ganar esa mayoría legal y
sesgada no tenga ninguna voluntad de facilitar la gobernabilidad del país, sino
estar empeñado en boicotear y debilitar la gestión gubernamental desde un
inicio, a fin de poder demostrar que el electorado se equivocó al haber votado
como lo hizo.
4.1 Los escenarios teóricos
El
régimen electoral imperante permite generar una gama tan amplia y diversa de
posibles resultados que resulta sencillamente escalofriante imaginarse que
alguno de ellos pudiera efectivamente darse en alguna elección.
A
fin de ilustrar esa inmensa gama de posibles escenarios que hemos observado, se
hallan predominantemente dos tipos:
·
aquellos que
permiten acumular una cantidad muy grande escaños con una cantidad
relativamente baja de votos que no permiten ganar una elección, pero pueden
contribuir a generar ambientes de desestabilización y desorden institucional
muy pronunciados;
·
aquellos otros
que permiten ganar elecciones con porcentajes relativamente bajos de votación y
además con un peso parlamentario desproporcionadamente alto.
Ambos
tipos de escenarios se caracterizan por maximizar los sesgos electorales que
permite el REV. Como vimos en la caracterización de este régimen, son múltiples
las vías que han introducido esos sesgos, por lo que no debería llamar la
atención que se puedan producir resultados tan extremadamente dispares.
Hasta
el presente podemos decir strictu sensu
que estos escenarios no se han dado en la realidad, ya que desde la
introducción de las diputaciones uninominales en 1997 hemos tenido en la
primera etapa elecciones con partidos con votaciones relativamente bajas,
aunque muy similares entre sí, y en la segunda etapa, a partir de 2005, elecciones
con un pronunciado desbalance, con alta votación para el ganador y
relativamente bajas para los partidos que no perdieron sus personerías
jurídicas. En la primera etapa no se conocía ni manejaba suficientemente las
opciones que abre el REV, en la segunda se las conocía pero no fue
indispensable recurrir a ellas por el peso electoral del ganador. El escenario
actual es distinto de ambos periodos, principalmente porque todo indica que ya
no existe un frente político que tenga la capacidad de aglutinar a la mayor
parte del electorado detrás de sí, por lo que es posible imaginar que todos los
partidos procurarán explotar al máximo las opciones que ofrece el REV, por lo
que los sesgos esperados serán claramente mayores que en el pasado.
Para
estructurar escenarios en el marco del REV es oportuno tomar en cuenta los
siguientes elementos:
o
Cantidad de partidos: Depende en principio del requisito que debe
cumplirse para obtener la personería jurídica. De acuerdo a disposiciones
vigentes se requiere, el 1,5% del padrón electoral biométrico (Ley 1096, Art.
13), lo cual significa que en caso extremo podrían haber hasta 66 partidos
compitiendo, si todos y cada uno de los electores habilitados se sumara a algún
frente político. En la realidad sabemos que ese extremo no se da, pero lo que
si nos advierte esta situación es que la posibilidad que a futuro puedan presentarse
muchos más partidos está abierta. Más partidos significa usualmente más
división del voto y por tanto, menores requerimientos de votos para ganar.
o
Barrera
electoral: La barrera electoral actualmente
establecida en 3% sirve en los hechos únicamente para la distribución de los
escaños plurinominales, de modo que todo
partido que no alcance esa proporción de los votos válidos (es decir, el total
de votos por los partidos en competencia, ya que no se toma en cuenta los votos
nulos y blancos) queda automáticamente descartado de la distribución de dichos
escaños. No obstante, si se da el caso que un partido gana en alguna CU, el
mismo conserva su escaño, aún si no cumple la barrera del 3% y por ello debe
perder su personería. Ello significa que puede haber (y ha habido casos) de
partidos que representan al electorado, aún sin tener su personalidad jurídica
vigente.
o
Peso relativo de los partidos: Nos referimos a la cantidad de votos que
obtienen los partidos. Si entre estos no hay grandes diferencias, se requerirá
votaciones relativamente bajas para ganar en CUs, por lo que el sesgo que es
posible lograr dependerá en gran medida de esta variable.
o
Peso de las circunscripciones: Depende de la distribución de escaños por
departamento y de la delimitación de las mismas. En el primer caso, existen CU
de todos los tamaños en términos de población electoral. En el extremo hay una
diferencia de 13 veces entre la CU 24 (CBB) con 78.302 y la CU 63 (Pando) con
5.790 votos. [6]
En el segundo caso, depende del cumplimiento de las disposiciones para la
delimitación de las CUs. En el país hay casos en los que las CU rurales llegan
a tener 2,5 veces el peso de las urbanas. En ambos casos, se tiende a producir
sesgos, sea por concentrar esfuerzos en ganar en CU pequeñas o por ajustar sus
límites de acuerdo a conveniencias partidarias.
o
Aceptabilidad de los candidatos uninominales: Dado que el partido que tiene un voto más
que el resto se lleva todo, en este caso, un escaño uninominal, el candidato
resulta clave. En ámbitos electorales muy locales o fragmentados se tiende a
favorecer a candidatos con fuerte presencia local, usualmente empresarios con
importantes intereses en la región, capaces de ayudar al vecindario en algunas
contingencias. También los dirigentes de organizaciones sociales fuertemente
enraizadas en dichas regiones tienen posibilidades mayores. De ahí que,
mientras más pequeño el ámbito electoral mayor será el peso de candidatos
fuertes con influencia local, por lo que la igualdad de oportunidades de los
candidatos de ser elegidos disminuye significativamente en estos contextos.
Ello también resta posibilidades a la renovación generacional de los
parlamentarios.
o
Grado de control sobre el voto ciudadano: Esta variable se refiere a la disciplina del
voto, es decir, a las medidas antidemocráticas y no conformes con las reglas
electorales que se apliquen para controlar el resultado. Por la experiencia
conocida de los años anteriores, especialmente en los últimos 14 años, aspectos
como la disciplina sindical, el control de voto, los premios y castigos
relacionados con determinados resultados electorales han estado a la orden del
día. También compromisos de las comunidades y ayllus con determinados
resultados han formado parte de esta situación. De modo que en ámbitos locales,
es más probable esta situación. Además es oportuno tener en cuenta las
limitaciones para acceder a ciertas regiones para las campañas políticas,
situación que restringe aún es las posibilidades de determinados frentes
políticos.
o
Aprendizaje realizado sobre las formas de
manipular el voto. Este factor
ayuda a ilustrar bien la idea que el total es mayor que la simple suma de las
partes. Es decir, el aprendizaje realizado en torno a las formas de explotar
las reglas del REV puede hacer la diferencia con relación a cualquier contendor
político. Dicho aprendizaje equivale a la “renta” que obtiene un partido como
producto de su participación continua en contiendas electorales. Dado que el partido
que más ha podido explotar este sistema de reglas es el MAS, podemos decir que
lleva una ventaja significativa a los demás contendientes que no han tenido una
presencia permanente en el acontecer político nacional como organización, lo
cual ya de por si les resta muchas posibilidades de interrelación con el electorado,
extremadamente heterogéneo y necesitado de múltiples orientaciones y sobre todo
de satisfacción de múltiples necesidades.
Todos
estos factores intervendrán en mayor o menor grado en la contienda electoral.
No es el propósito de estas reflexiones formular un modelo en que se pueda
estimar la influencia de cada uno de ellos. Lo que es oportuno tomar en cuenta
es qué frente político tiene mayores oportunidades de explotar estos factores
en su favor. Con toda seguridad no serán los partidos que de pronto aparecen
como meteoritos en el firmamento electoral boliviano, sino aquellos que han ido
tejiendo un sinnúmero de vínculos y relaciones con los electorados locales, no
necesariamente non sanctas para el propio
proceso electoral.
En
los escenarios que se presenta a continuación se han considerado básicamente
dos factores: la cantidad de partidos y su peso electoral. A partir de ellos es
posible construir unos escenarios básicos y señalar una familia de escenarios
teóricos según la cantidad de partidos. Estos escenarios teóricos se pueden ver
en el siguiente cuadro:
ESCENARIOS TEÓRICOS
CARACTERÍSTICAS
|
ESCENARIO BÁSICO 1
|
ESCENARIO BÁSICO 2
|
||||
Peso electoral
|
Peso
similar de todos los partidos en todas la CD y CU, excepto el partido ganador
que tiene mayor votación que el resto.
|
Peso
similar de todos los partidos en todas la CD y CU, excepto el partido ganador
que más que triplica en votos al tercero en un departamento y el segundo más
que duplica en votos al tercero.
|
||||
Doble voto
|
Se
supone que no hay voto cruzado y que el comportamiento electoral con el
primer y segundo voto es igual.
|
Se
supone que no hay voto cruzado y que el comportamiento electoral con el
primer y segundo voto es igual.
|
||||
Resultado
esperado
|
Se
obtiene mayoría absoluta en diputados y primera mayoría en senadores
|
Se
obtiene mayoría absoluta en diputados y en senadores
|
||||
Cantidad de partidos
|
10
partidos
|
8
partidos
|
5
partidos
|
10
partidos
|
8
partidos
|
5
partidos
|
Votación requerida del total de votos válidos
|
10,1%
|
12,8%
|
20,2%
|
23,5%
|
27,5%
|
39%
|
Proporción total de escaños ganados
|
47%
|
47%
|
47%
|
53,6%
|
53,6%
|
53,6%
|
Sesgo electoral en favor del ganador
|
36,9%
|
34,2%
|
26,8%
|
30,1%
|
26,1%
|
14,6%
|
A
fin de hacernos una idea de los extremos a los que es posible llegar, imaginemos
el ESCENARIO BÁSICO 1 del cuadro anterior con 10 partidos. Si todos los
partidos tienen el mismo peso electoral en todas las CD y CU, con excepción de
uno de los partidos que tiene un voto más en todas y cada una de las CD y CU, dicho
partido obtendría con el primer voto, es decir, el voto destinado a elegir
presidente, senadores y diputados plurinominales, un total de 9 escaños a
senadores y 0 escaños plurinominales, y con el segundo voto, ganaría un total
de 70 escaños (63 parlamentarios uninominales y 7 especiales) para lo que
requeriría el 10,1% de los votos válidos con lo que obtendría el 47% de los
diputados y obtendría un sesgo de 36,9%. En este escenario, obtendría la mayoría
absoluta en la cámara de diputados y la primera mayoría en la cámara de
senadores.
En
el caso del ESCENARIO BÁSICO 2, si un partido quisiera asegurarse el control de
ambas cámaras, es decir, obtener la mayoría absoluta en senadores (= 19
escaños) y diputados (= 66 escaños),
tendría que obtener el 23,5% de los votos, quedando el segundo con 15,6%, el
tercero con 7,7% y los restantes partidos con porcentajes menores. En este caso
el ganador obtendría el 53,6% de los escaños, por lo que el sesgo electoral en
senadores y diputados sería de 30%. Un resultado así quebraría la democracia ya
que permitiría controlar la ALP con una ínfima cantidad de votos, gracias a las
reglas del REV.
Este
es sin duda el peor escenario imaginable, “el macabro” porque el régimen
electoral permitiría instalar de modo legal, legítimo y democrático un poder
dual, un partido que maneja y domina el poder legislativo y otro que posiblemente
tendría el control sobre el poder ejecutivo. Los otros poderes quedarían por
defecto bajo control del poder legislativo, ya que depende de dicho poder
nombrar a los vocales del TSE, excepto a uno, y de definir las listas de
candidatos a los diversos órganos del poder judicial.
¿Qué
ocurre cuando el número de partidos es menor, siempre bajo los mismos supuestos
anteriores? En el caso que se trate de 8 partidos el porcentaje para ganar la mayoría
absoluta en diputados se halla en 12,8% y para controlar ambas cámaras en 27,5%.
Es decir, dependiendo del número de partidos, los porcentajes mínimos
indispensables para ganar la mayoría absoluta en ambas cámaras tienden a
crecer. En caso que se trate de 5 partidos, el porcentaje es 20,2% en el primer
escenario, y 39% en el segundo caso. Los sesgos tienden a disminuir con el
decreciente número de partidos. Como veremos al contrastar con los escenarios
empíricos (los resultados de las pasadas elecciones), se podrá advertir que
Bolivia ya ha rozado el 10% en materia de sesgo electoral en elecciones con 5
partidos y que aún existe un margen para seguir acrecentándolo. En el caso de
elecciones con 8 partidos el margen es mucho mayor, entre 26,1% y 7,58%
efectivamente observado en las elecciones del 2009.
Las
elecciones 2020 en Bolivia se llevarán a cabo con 8 partidos, 2 ó 3 de los cuales
tendrán votaciones ínfimas, cercanas al 1%, mientras que los otros partidos
pueden alcanzar o superar al 10%. En un escenario teórico orientado a explotar
todos los resquicios y oportunidades que ofrece el REV, es posible el triunfo
de un partido con porcentajes inferiores al 30% y control de ambas cámaras.
Dicho
en breve: el régimen electoral boliviano constituye una invitación para que un conjunto
avezado de ciudadanos se decida a tomar el poder por asalto, pero por una vía
legal. Basta con que dicho conjunto de ciudadanos logre movilizar el 23% de los
votos en su favor en todas y cada una de las CU y las CD y se ocupen de alentar
tantos frentes políticos como sea posible, procurando que todos ellos tengan
votaciones muy semejantes, para lo cual basta que los unos empiecen a
disputarse acremente el electorado, situación que permite una distribución mucho
más igualitaria de la votación.
Esos son los supuestos de este escenario
teórico o fantástico, o como se quiera llamarlo, pero admisible en el marco del
REV existente en Bolivia y que servirá para ir a las urnas en octubre del 2020.
El resultado posible de esas tramoyas podría consistir en ganarse un país, así
como uno se gana el premio mayor en una tómbola. La lógica de este juego ya la
ha entendido el MAS y la maneja a la perfección, por eso están desesperados por
lanzarse a la arena política. Da la impresión que los demás partidos aún no la
han comprendido.
4.2 Los escenarios empíricos
Lo
posible puede estar tan lejos o cerca de lo probable que puede causarnos
inmensa inquietud o ninguna. Para aclarar, lo posible son todas las opciones o
resultados que en un cierto marco de actuación pueden darse. No está descartado
de principio que esas opciones o escenarios posibles puedan darse.
Sin
embargo, las condiciones estrictas que tendrían que cumplirse como para que se
den en la realidad son tan poco probables, que usualmente pueden desecharse.
No
obstante, en teoría de juegos hay una diferencia sustancial entre juegos con y
sin repetición. Si una situación no tiene posibilidades de repetirse, es decir,
jugar el mismo juego con las mismas reglas muchas veces, entonces no se puede
desarrollar estrategias ni lograr lo que podemos llamar efectos de aprendizaje.
Pero cuando un juego se puede repetir muchas veces, es inevitable asociar y
relacionar los resultados obtenidos con dichos efectos de aprendizaje, ya que
los actores involucrados aprenden a comportarse y seguir ciertas pautas de tal
modo que logran explotar cada vez mejor todas las opciones que ofrece el juego
en el conjunto de reglas vigente.
Bolivia
se halla justamente en la fase o etapa en que los actores, predominantemente
uno de ellos, el MAS, han aprendido a explotar las reglas del juego de tal modo
que es muy probable que logre aprovechar todos los resquicios imperantes y
maximizar sus resultados. Ello significaría por ejemplo que el MAS podría
lograr una mayoría de bloqueo de la gobernabilidad, pese a perder las
elecciones en primera o en segunda vuelta.
En
nuestro trabajo hemos llamado teóricos a los escenarios posibles, pero con muy
bajas probabilidades que se puedan cumplir, usando en este sentido la misma
jerga que emplea el TSE. [7]
En
cambio, llamamos empíricos a los escenarios que se han dado en la realidad en
las pasadas elecciones y escenarios probables pero realistas a aquellos que por
diversas asunciones suponemos que se pueden dar en las elecciones venideras
previstas para este año 2020.
Pasemos
revista a los escenarios que se han dado en las pasadas elecciones.
LOS
ESCENARIOS EMPÍRICOS – resultados de las elecciones pasadas
Elecciones/
Características
|
1997
|
2002
|
2005
|
2009
|
2014
|
Cantidad de partidos
|
10
|
11
|
8
|
8
|
5
|
Ganador
|
ADN
|
MNR
|
MAS
|
MAS
|
MAS
|
PRIMER VOTO
|
484.705
|
624.126
|
1.544.374
|
2.851.996
|
3.057.618
|
%
|
22,26
|
22,46
|
53,74
|
63,91
|
61,01
|
TOTAL Senadores
|
27
|
27
|
27
|
36
|
36
|
Senadores obtenidos
|
11
|
11
|
12
|
26
|
25
|
%
|
40,74
|
40,74
|
44,44
|
72,22
|
69,44
|
Sesgo %
|
18,48
|
18,28
|
-9,30
|
8,31
|
8,43
|
TOTAL PLURIS
|
62
|
62
|
60
|
53
|
60
|
Pluris obtenidos
|
14
|
12
|
27
|
34
|
33
|
%
|
22,58
|
19,35
|
45,00
|
64,15
|
55,00
|
Sesgo %
|
0,32
|
-3,11
|
-8,74
|
0,24
|
-6,01
|
SEGUNDO
VOTO
|
457.470
|
611.027
|
968.120
|
2.050.547
|
2.181.324
|
%
|
22,16
|
23,91
|
43,52
|
57,30
|
52,24
|
TOTAL UNIS
|
68
|
68
|
70
|
70
|
63
|
Unis obtenidos
|
18
|
24
|
45
|
49
|
49
|
%
|
26,47
|
35,29
|
64,29
|
70,00
|
77,78
|
Sesgo %
|
4,31
|
11,38
|
20,77
|
12,70
|
25,54
|
VOTOS ESPECIALES
|
--
|
--
|
--
|
25.095
|
22.851
|
%
|
--
|
--
|
--
|
77,53
|
70,86
|
TOTAL ESPECIALES
|
--
|
--
|
--
|
7
|
7
|
Especiales obtenidos
|
--
|
--
|
--
|
6
|
6
|
%
|
--
|
--
|
--
|
85,71
|
85,71
|
Sesgo %
|
--
|
--
|
--
|
8,18
|
14,85
|
SESGO GENERAL PONDERADO
|
5,17
|
6,85
|
4,32
|
7,58
|
9,98
|
La
primera observación es que en un lapso de tiempo relativamente breve el
escenario político cambio dramáticamente en el país, al pasar de una votación
de menos de medio millón de votos que obtuvo ADN en 1997, a los 3 millones de
votos que logró el MAS en las elecciones de 2014. Sin duda que ese fue un
cambio muy abrupto e intempestivo en un país que no tenía ni tiene ningún
acuerdo tácito ni explícito acerca de su futuro y de la manera de preparar al
país para ello, y tampoco conseguía vislumbrar por parte del MAS un horizonte
posible y viable para construir ese futuro. A esa incertidumbre respecto al
futuro, junto a una creciente decepción con la gestión gubernamental, se sumaron
múltiples atropellos al Estado de derecho en el país que desembocaron en el
fraude electoral de octubre del 2019.
Lo
que se puede apreciar es que los sesgos han ido creciendo paulatinamente de
elección a elección, pese a que en una primera etapa hasta 2005, no se
comprendía suficientemente el REV como para explotar las oportunidades que
ofrece y en una segunda, a partir de los triunfos por mayoría absoluta del MAS,
se siguió trabajando en la trama fina para aprovechar todas sus ventajas.
Como
hemos venido señalando, los mayores sesgos están relacionados con las
diputaciones uninominales y especiales que se han convertido en una suerte de
“renta electoral”, especialmente para el MAS. El único tipo de escaños que no
ha generado sesgos o rentas son las diputaciones plurinominales, justamente por
la función que se les ha asignado, la de “financiar” las demás rentas. Con esta
excepción, en todos los demás casos, se puede apreciar también una curva de
incremento de los sesgos entre una y otra elección. En el caso de las
diputaciones especiales podría decirse, pese a la correcta justificación que
las precede consistente en facilitar una representación directa a los pueblos indígenas,
que nacieron para producir un sesgo en favor del MAS, ya que las mismas le han facilitado 6 escaños a este
frente político que además le han salido muy baratos en términos de cantidad de
votos. [8] Dónde
quedó la representación parlamentaria directa de los pueblos indígenas, es una
tarea que aún debe esclarecerse. Lo esencial, es que dejen de ser manipulados
arbitrariamente por cualquier frente político.
También
se advierte que ese crecimiento del sesgo global se ha más que duplicado en
este último periodo (al pasar de 4,32% a 9,98% entre 2005 y 2014), lo que es un
indicador evidente del aprendizaje al que hemos hecho referencia, tal como se
muestra en el sesgo general ponderado,
que se ha calculado como la suma de los sesgos parciales obtenidos mediante los
distintos tipos de escaños, ponderados según el peso de los distintos tipos de
escaños respecto del total de ellos.
Varias
son las conclusiones que es posible extraer de las pasadas elecciones en que el
corazón o la estructura básica del REV ha permanecido constante, sin
modificaciones de fondo, de modo tal que sus resultados son comparables.
Las
elecciones 2020 se llevarán a cabo a la sombra de tres factores de
desestabilización muy serios, todos ellos relativamente inéditos: 1) la segunda
vuelta; 2) la posibilidad de ganar elecciones con la regla del 40/10; 3) los
sesgos que pueden producirse y facilitar
un triunfo electoral de un frente con relativamente baja votación o una mayoría
de bloqueo en una o ambas cámaras que obstruyan toda gobernabilidad.
En
1), al dejar abierta la posibilidad de separar la elección del legislativo de
la del ejecutivo y decidir la conformación de las cámaras legislativas en la
primera vuelta, se puede dar la situación de un ejecutivo débil sin respaldo
suficiente del legislativo, como ya sucedió en la UDP. Un absurdo electoral,
especialmente en el caso de un país como Bolivia que requiere por sobre todo
priorizar las reglas que favorezcan y faciliten la gobernabilidad.
En
2) se aprecia que la regla del 40/10 reduce en 10 puntos porcentuales la
cantidad de votos requeridos para ganar las elecciones (al pasar de 50% a 40%)
y además establece una diferencia de 10% con relación al segundo (pero que por
algún motivo no explicitado se ha entendido unánimemente como 10 puntos
porcentuales, un concepto distinto), criterios que reducen en demasía el apoyo
que sería de desear para tener gobiernos que respondan claramente a una
mayoría, y no a minorías. La fragmentación del país en todas sus esferas,
incluso en la electoral, es un grave daño a la capacidad de convivir
pacíficamente. Los continuos bloqueos, las constantes violaciones a las leyes y
los precarios acuerdos de convivencia,
así lo confirman.
En
3), gracias a los sesgos electorales que son posibles y probables en el marco
del REV se pueden dar diversas combinaciones muy poco favorables para la
gobernabilidad del país. Como ya señalamos, el problema mayor puede darse en el
contexto de un partido que tenga fuerte presencia legislativa, pero no se halle
a cargo del poder ejecutivo. Dicha situación, en caso extremo, podría producir
una suerte de poder dual, el extremo de la ingobernabilidad. El caso más
positivo podría ser un gobierno que coordine bien sus acciones y que existan
los suficientes controles y equilibrios entre los poderes del Estado, una
condición indispensable para contar con un Estado de derecho democrático, en el
sentido más amplio y pleno del término.
Estos
peligros están sembrados y gracias al REV tendrán la oportunidad de debutar y
por primera vez tendremos la oportunidad de ver en acción a todas esas reglas
actuando de modo conjunto.
En
síntesis, los escenarios empíricos nos dicen que existe un proceso de
aprendizaje en marcha que está permitiendo obtener cerca de 10% más de escaños
que de votos, situación que va profundizando la desproporcionalidad del REV, lo
cual en buenas cuentas significa apartarse cada vez más de una relación sana de
1 ciudadano, 1 voto, igual peso electoral de cada voto, que sin dudas es la
mejor salvaguarda de toda democracia.
En
el marco de este esquema son altamente probables los siguientes escenarios:
Escenarios
probables y realistas
Escenarios/
Características
|
Escenario 1
|
Escenario 2
|
||
Cantidad de partidos
|
8
|
8
|
||
Primer lugar PRIMERA VUELTA
|
MAS
|
MAS
|
||
Votos %
|
36,00
|
38,00
|
||
ESCAÑOS
|
Cantidad
|
%
|
Cantidad
|
%
|
Senadores
|
18
|
50
|
16
|
44
|
Diputados
|
56
|
43
|
66
|
51
|
Plurinominales
|
4
|
6
|
12
|
20
|
Uninominales
|
47
|
78
|
48
|
76
|
Especiales
|
5
|
71
|
6
|
85
|
Sesgo 1 Senadores %
|
14
|
6
|
||
Sesgo 2 Diputados %
|
7
|
13
|
||
Ganador SEGUNDA VUELTA
|
CC
|
CC
|
Las
memorias de cálculo de ambos escenarios pueden ser vistas y analizadas en el
archivo Excel adjunto, que también sirve como guía para seguir el proceso de
asignación de votos a los frentes políticos. [9]
Ambos
escenarios toman en cuenta muy de cerca tanto el voto duro del MAS que ronda el
35%, así como el gran peso que adquirió especialmente en los diputados uninominales
y especiales. En ambos escenarios consideramos que será imposible para el MAS repetir
sus resultados de elecciones pasadas. El efecto arrastre o ganador que solía
tener, permitía que fácilmente se sumen muchos sectores de la población a su
carro. Ahora ha quedado en manos de su voto duro casi exclusivamente. Por ello,
se considera en ambos escenarios que el sesgo electoral será la variable
central en la disputa, y en este punto es donde primordialmente se diferencian
estos dos escenarios, en la magnitud del sesgo que es posible alcanzar. El
escenario 1 es más escéptico en relación a la magnitud de dicho sesgo y no cree
que logre controlar con mayoría absoluta ninguna de las cámaras. El escenario 2
apuesta que el corazón de la lucha electoral se centrará en lograr controlar al
menos una cámara y con mayor probabilidad, la de Diputados. Este será su seguro
para tener un instrumento de presión y eventualmente de negociación con el
nuevo gobierno. Será la única bandera que el MAS logre retener para tener un
peso específico en la conducción de los destinos del país, por lo que en este
escenario consideramos que allí se dará la batalla de fondo.
Por
ahora no son más que apuestas que intentan escrutar en lo que acontecerá el 18
de octubre venidero y se apoyan en las tendencias de fondo que hemos podido
observar a lo largo de todos estos años, estrechamente vinculadas a las formas
de explotar el REV.
4.3 Contraste entre escenarios teóricos y empíricos
Contrastar
los diferentes tipos de escenarios, todos posibles en el marco de las reglas
que establece el REV, es vital, ya que nos muestra las posibles tendencias de
evolución de los resultados esperados y de realización de dichas posibilidades
en el transcurso del tiempo, fiel a la categoría dialéctica de
posibilidad-realidad. No solo eso, sino que también nos advierte frente a
peligrosas tendencias que ya se han puesto de manifiesto y sobre todo, sobre
las consecuencias que se pueden derivar de las mismas. Los escenarios teóricos
destacados son casos extremos, completamente improbables, pero nos muestran los
posibles resultados extremos que acepta y permite el REV. Ello nos tiene que
poner en guardia y no limitarnos a estimaciones del grado de proporcionalidad
actualmente existente, sin considerar y tomar en cuenta que en el seno del REV
se hallan tendencias que favorecen comportamientos completamente antidemocráticos.
Estar advertido que el REV es un régimen con tendencia predominantemente a
favorecer minorías avezadas que intenta camuflarse en la proporcionalidad y que
además tiende a sesgar cada vez más sus resultados, al punto de permitir y
aceptar que minorías electorales cada vez más reducidas puedan apropiarse de la
mayoría de la representación ciudadana, es una tarea fundamental a cumplir por las
autoridades el ramo y por los observadores de la realidad.
Al
tomar en cuenta el hecho que el REV deja abierta la posibilidad de producir
resultados con sesgos muy pronunciados, la evaluación que se puede hacer de
dicho régimen a futuro es que puede generar resultados preocupantemente
inesperados. Es muy probable que los observadores dejen de considerar al REV
como un instrumento básicamente proporcional, para pasar a considerarlo como un
instrumento capaz de producir sesgos y por tanto mayorías legislativas alejadas
de la voluntad soberana.
En
este punto es indispensable tomar en cuenta las mayorías absolutas que logró el
MAS en los pasados 14 años, así como su proclividad a aprovechar todo resquicio
en su favor, que le permitió repetir esos resultados únicos en la historia
democrática boliviana, exceptuando los alcanzados por el MNR en los años de la
revolución del 52. A lo largo de este trabajo hemos señalado algunos ejemplos
de “aprendizaje” que ha realizado el MAS en todos los años anteriores, introduciendo
ajustes y modificaciones que puedan beneficiarlo, cuidando la gallina de los
huevos de oro, es decir, el núcleo o corazón del REV que le ha resultado
extraordinariamente beneficioso.
En
las elecciones venideras los factores que estarán en el centro de la atención
serán tanto los candidatos uninominales que escoge el MAS, como las prácticas
de control del voto que logre aplicar. Ambos factores son cruciales para
producir sesgos inauditos.
Durante
las últimas tres elecciones el MAS logró en promedio 52 de las diputaciones
uninominales y especiales, lo que significa más de 2/3 de dichos diputados, un
resultado excepcionalmente alto. En esta elección en que ya no tendrá todas las
prerrogativas y privilegios como para manipular en diferentes instrumentos
(padrón electoral, cantidad y límites de circunscripciones, traslado
fraudulento de electores, control del TSE y TEDs, inscripción de partidos con
apoyo no verificado, etc.), sus opciones se ven aparentemente limitadas, pero
en realidad se ven favorecidas por el mayor peso electoral que aún conservaría,
así como por la gran cantidad de partidos participantes, la mayor parte de
ellos con peso relativamente homogéneo, situaciones que facilitan mucho la
producción de sesgos electores.
5. Conclusiones
Al
combinar un sistema proporcional con un sistema mayoritario de votación y
asignar los escaños mediante un solo proceso integrado de conversión de votos
en escaños, el REV ha introducido una diversidad de mecanismos que restan
proporcionalidad a la elección, favorece la producción de sesgos y, por tanto,
se constituye en un arma de doble filo muy peligrosa para la estabilidad de la
misma democracia, ya que puede socavar significativamente la legitimidad y
confianza de la ciudadanía en los resultados electorales que produce.
Hasta
ahora no se ha producido un desenlace de tal magnitud que lleve a cuestionar el
último bastión de la democracia, su proceso electoral, pero el REV ha dejado
las puertas abiertas para que un resultado extremo pueda producirse.
Como
hemos señalado, es menos probable que un partido pueda ganar las elecciones y
apoderarse de una o ambas cámaras gracias a dichos sesgos, a que pueda
apropiarse de la gobernabilidad del país gracias a la desproporción que pueda
darse entre votos y escaños. Si a ello sumamos el hecho que la doble vuelta
electoral -hasta ahora nunca empleada en Bolivia- tiene el enorme defecto de
elegir si o si el poder legislativo en la primera vuelta y, en caso dado, solo
el poder ejecutivo en la segunda, entonces este solo factor ya introduce una
factor de enorme riesgo de inestabilidad. La experiencia del vecino Perú con
esta norma nos muestra cuán inapropiada resulta desde el punto de vista de la
gobernabilidad, más aún cuando existe una renuencia profunda a dialogar y
establecer acuerdos de gestión y gobernabilidad. [10]
Por
ello, si sumamos los sesgos que es posible producir en el marco del REV y el
hecho que el MAS se niega a facilitar la gobernabilidad del país, y que
prefiere torpedear todos las decisiones que, por ejemplo, al presente viene
tomando el gobierno transitorio, podemos decir que nos hallamos en el peor de
todos los mundos desde la perspectiva del REV y de la constelación de actores y
factores que intervienen para elegir los poderes públicos en Bolivia en el
curso de este año 2002. Tratar de evitar estos extremos es un imperativo
ineludible para cuidar la suerte del país.
6. Recomendaciones
La
principal recomendación está relacionada por supuesto con el mismo REV.
Es crucial revisar a fondo su actual estructura productora de sesgos y sus
formas de conculcar los derechos electorales de los bolivianos. No es aceptable
que minorías puedan tomar decisiones por mayorías, ya que sus horizontes de
visibilidad usualmente serán más angostos y estrechos que los que usualmente
pueden esperarse de mayorías. ¿Cuál es la diferencia fundamental? La necesidad
de producir soluciones satisfactorias para el conjunto del país, situación que
resulta mucho menos probable esperar por parte de las minorías. Es más, un país
tan diverso que aliente la fragmentación y la segmentación en sus procesos de
decisión, sin definir nortes comunes que permitan superar carencias
estructurales, solo puede generar un futuro mucho más precario. Además, la
distribución de escaños sin respetar el tamaño poblacional no tiene otra
justificación que evitar dejar al margen de las decisiones nacionales a las distintas
regiones del país. Esa preocupación es completamente legítima, pero debe
resolverse por medio de otros acuerdos, a insertarse en la Constitución, por
ejemplo, pero el REV no puede ser el vehículo para resolver la misma.
Algunas
de las medidas que pueden tomarse, lo cual recién será posible para las
elecciones posteriores al 2020, se relacionan con la eliminación de los sesgos
electorales, tanto los relacionados con la distribución de escaños por
departamento que no se basan en el peso poblacional, como los relacionados con
los votos por mayoría simple en circunscripciones uninominales. Es
indispensable revisar a fondo la pertinencia de dichas circunscripciones,
especialmente desde la perspectiva de la división de las preocupaciones por el
país como conjunto.
De
igual modo es indispensable en una sociedad tan escindida y polarizada como la
nuestra, enfrentar dicha polarización, para lo cual se requiere conformar
mayorías mediante el voto directo y no mediante fórmulas rebuscadas de
transformación de votos en escaños qua alientan y favorecen a una suma de
maquinaciones antes que a una suma de votos.
Tanto
la segunda vuelta, como la regla de 40/10 resultan armas de extremo peligro
para una sociedad tan poco consolidada en lo relacionado con una comprensión
común y compartida tanto de la problemática imperante sobre la que se debe
actuar, como de las visiones y vías de solución a seguir. El problema de ambas es que destruyen la
posibilidad de construir mayorías nacionales auténticas, no artificiales ni
fabricadas, que no se basen en prebendas, sino en propuestas bien
estructuradas, basadas en un diagnóstico común y compartido de la problemática
nacional y en visiones deseables y viables de realización.
También
es oportuno mencionar una serie de otras reformas, ajustes y precisiones que es
indispensable encarar, en particular para mejorar la Ley 026, como ser:
·
Introducir una segunda vuelta entre los uninominales
más votados o diseñar CU más amplias donde se elija a varios diputados y pueda
usarse la regla proporcional
·
Definitivamente excluir a partidos que no cumplan el
3% de los votos de toda distribución de escaños. En ese caso y mientras se
mantenga el REV inalterado, tendría que asumir ese escaño el segundo partido
más votado de la CU, si cumple el criterio de la barrera electoral.
·
En el caso de la regla del 40/10, aclarar que la
diferencia establecida entre partidos no es 10 por ciento, sino 10 puntos
porcentuales, ya que puede ser impugnada su actual interpretación.
·
Introducir todas las medidas que sean necesarias para
fortalecer la proporcionalidad y eliminar las disposiciones que usan a los
plurinominales como escalera de los uninominales.
No
obstante y más allá de la urgencia y posibilidad de encarar prontas reformas
del REV, es indispensable destacar que los resultados de las elecciones no
responden única y exclusivamente al conjunto de reglas establecidas en el REV,
sino que ello depende a su vez de modo altamente significativo de la forma y la
manera en que se asumen y aprovechan dichas reglas. El comportamiento de los
actores políticos y sociales es decisivo, la cantidad de contendientes es crucial,
el peso de los diferentes frentes es determinante, y todos estos factores
influyen en diverso grado y medida en todos los demás elementos que hemos
destacado.
Por
ello, la segunda recomendación fundamental de este trabajo está relacionada con el
comportamiento de los partidos políticos. Queda en evidencia que en las
próximas elecciones puede producirse un descalabro monumental, ya que la
concurrencia de tantos partidos políticos, varios de ellos con pesos
electorales parecidos, deja las puertas abiertas de par en par para que el MAS
que ha violado flagrantemente la Constitución y las leyes y cometido un fraude
electoral descarado con tal de prorrogarse “democráticamente” en el poder, y además
se ha manifestado como contrario a todo entendimiento democrático, pueda
obtener una mayoría de bloqueo de la gobernabilidad en el legislativo.
En
este marco, pretender que sea el elector el que establezca la unidad que se
requiere y exige con tanta urgencia a tiempo de concurrir a las urnas, es una
gran irresponsabilidad con la suerte del país, porque el país no se construye por
la casual coincidencia de decisiones, sino en base a acuerdos bien estudiados y
establecidos en torno a una visión de desarrollo nacional, centrada en la
superación de la problemática nacional que nos acosa, como en la construcción
del futuro que ansiamos.
Sin
un esfuerzo profundo y decidido de las fuerzas políticas para construir dicha
unidad, la suerte del país queda sujeta a una suerte de lotería, donde cada
elector, en uso de su voto, votará por la fuerza política que mejor le parezca,
lo cual puede coincidir con una o varias fuerzas políticas. La arrogancia de
los partidos de creerse los elegidos, únicos, exclusivos e imprescindibles es
tan grotesca que en conjunto, pero cada uno por su lado, pueden estar
produciendo el mayor descalabro de nuestra historia. Lo peor es que están
jugando con la suerte y el porvenir del pueblo.
Este
trabajo se ha elaborado para tratar de mostrar todo los peligros que trae
consigo este proceso electoral en particular, así como para señalar y dejar
claramente marcada la responsabilidad de los partidos y políticos con los
resultados. Trasladarla ligeramente al elector, que son millones con una gran
heterogeneidad de niveles de información y conocimiento de la problemática
existente, repetimos, es una irresponsabilidad sin nombre con la suerte del
país.
ANEXO 1: ASPECTOS LEGALES
SUFRAGIO:
CPE
1994 Artículo 219°.- El sufragio constituye la base del
régimen democrático representativo y se funda en el voto universal, directo e
igual, individual y secreto, libre y
obligatorio;
en el escrutinio público y en el sistema de representación proporcional.
CPE
2009 Artículo 26°, II, 2. El
sufragio, mediante voto igual, universal, directo, individual, secreto, libre y
obligatorio, escrutado públicamente. El sufragio se ejercerá a partir de los
dieciocho años cumplidos.
ELECCIÓN
DE SENADORES
2002:
CPE 1994
Artículo
63°.- El Senado se compone de tres Senadores por
cada departamento, elegidos mediante voto universal directo: dos por mayoría y
uno por minoría, de acuerdo a ley.
2020:
CPE 2009
Artículo 148.
I. La Cámara de Senadores
estará conformada por un total de 36 miembros.
II. En cada departamento
se eligen 4 Senadores en circunscripción departamental, por votación universal,
directa y secreta.
III. La asignación de los
escaños de Senadores en cada departamento se hará mediante el sistema
proporcional, de acuerdo a la Ley.
2020: LEY 026
Artículo
55. (SISTEMA DE ASIGNACIÓN DE ESCAÑOS). Para la
asignación de escaños se aplicará el
sistema proporcional de la siguiente manera:
Los
votos acumulativos obtenidos en cada Departamento, para Presidente o
Presidenta, por las organizaciones políticas, se dividirán sucesivamente entre
los divisores naturales: 1, 2, 3 y 4, en forma correlativa, continua y
obligada. Los cocientes obtenidos se ordenan de mayor a menor para establecer
el número de Senadores que correspondan a cada organización política en cada
Departamento.
ELECCIÓN
DE DIPUTADOS
2002: TEXTO ORDENADO DE LA LEY Nº 1984
Artículo
181º.- (BARRERA ELECTORAL).
1)
La adjudicación de diputaciones plurinominales
se realizará entre los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas, pueblos
indígenas o alianzas que hubieran obtenido una votación que supere el tres por
ciento del total de votos válidos a nivel nacional.
2)
Las diputaciones uninominales se adjudicarán
por simple mayoría, independientemente de la barrera establecida en el inciso
anterior.
Artículo
90º.- (SISTEMA DE ASIGNACIÓN DE ESCAÑOS). Las
diputaciones se adjudicarán según el sistema proporcional La Corte Nacional
Electoral, una vez concluido el cómputo nacional y aplicando el Artículo
precedente, procederá de la siguiente manera:
a)
Tomará el número de votos acumulativos
logrados por cada partido político, agrupación ciudadana, pueblo indígena,
frente o alianza en cada Departamento.
b)
Los votos acumulativos obtenidos por cada
partido político, agrupación ciudadana, pueblo indígena, frente o alianza se
dividirán entre la serie de divisores naturales (1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 etc.) en
forma correlativa, continua y obligada, según sea necesario en cada
Departamento.
c)
Los cocientes resultantes de estas
operaciones, dispuestos en estricto orden descendente, de mayor a menor,
servirán para establecer el número proporcional de diputados correspondiente a
cada partido político, agrupación ciudadana, pueblo indígena o alianza, en cada
Departamento.
d)
A este número proporcional de diputaciones se
deberá descontar las obtenidas en circunscripciones uninominales. El remanente
de esta operación será adjudicado de acuerdo al orden de la lista plurinominal,
hasta alcanzar el número proporcional que corresponda, según lo establecido en
el inciso anterior.
e)
Si el número de diputaciones uninominales superara el número proporcional
establecido en el inciso c), las diputaciones se adjudicarán dando prioridad al
número de diputaciones uninominales.
f)
Si el número de diputados uninominales fuera mayor al que le correspondiera en
la aplicación del inciso b), la diferencia se cubrirá restando escaños a los
partidos políticos, agrupaciones ciudadanas, pueblos indígenas o alianzas que
tengan los cocientes más bajos en la distribución por divisores, en estricto
orden ascendente.
2020: LEY 026
Artículo
59. (ASIGNACIÓN DE ESCAÑOS PLURINOMINALES). En cada departamento se asignarán
escaños plurinominales, entre las organizaciones políticas que alcancen al
menos el tres por ciento (3%) de los votos válidos emitidos a nivel nacional, a
través del sistema proporcional, de la siguiente manera:
a)
Los votos acumulativos obtenidos, para Presidenta o Presidente, en cada
Departamento, por cada organización política, se dividirán sucesivamente entre
divisores naturales: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, etcétera, en forma correlativa,
continua y obligada.
b)
Los cocientes obtenidos en las operaciones, se ordenan de mayor a menor, hasta
el número de los escaños a cubrir, para establecer el número proporcional de
diputados correspondiente a las organizaciones políticas en cada Departamento.
c)
Del total de escaños que corresponda a una organización política, se restarán
los obtenidos en circunscripciones uninominales, los escaños restantes serán
adjudicados a la lista de candidatas y candidatos plurinominales, hasta
alcanzar el número proporcional que le corresponda.
d)
Si el número de diputados elegidos en circunscripciones uninominales fuera
mayor al que le corresponda proporcionalmente a una determinada organización
política, la diferencia será cubierta restando escaños plurinominales a las
organizaciones políticas que tengan los cocientes más bajos de votación en la
distribución por divisores en estricto orden ascendente del menor al mayor.
ARTÍCULO
104. (MODIFICACIÓN DE CIRCUNSCRIPCIONES). El Tribunal Supremo
Electoral
podrá modificar y/o actualizar los mapas de las circunscripciones uninominales
y especiales, conforme a lo previsto en la Constitución Política del Estado y
en la presente Ley, cuando se actualicen los datos demográficos como resultado
de nuevos censos o se modifique por Ley del Estado Plurinacional el número de
circunscripciones uninominales o especiales.
Este
artículo significa simplemente que haya o no haya un Censo, se puede modificar
los mapas de las circunscripciones, pues basta con modificar el número de
circunscripciones para efectuar los ajustes. Esa es pues la razón por la que en
los últimas cinco contiendas electorales hemos tenido un total de 4 formas de
distribución de circunscripciones, pese a que solo ha habido 2 censos en ese
lapso. Otro ejemplo de los procesos de “aprendizaje” habidos, a fin de explotar
al máximo las opciones que ofrece el REV.
ANEXO 2: MEMORIA DE CÁLCULO REQUERIDO PARA TRANSFORMAR VOTOS EN ESCAÑOS
A fin de poder reconstruir los pasos que se
requiere dar para asignar los escaños que le corresponden a cada partido, es
oportuno revisar el link que se adjunta en el que se presentan los escenarios
que se han planteado.
[1] Ver, OEP, REGLAMENTO DE
DELIMITACIÓN DE CIRCUNSCRIPCIONES
UNINOMINALES, 2014. En particular es notable su cálculo de desviaciones
estándar con el ánimo de revestir de seriedad sus manipulaciones.
[2]
Véase una caracterización del concepto en: https://es.wikipedia.org/wiki/Gerrymandering.
Ver también: Las claves para entender el ‘gerrymandering’,
la manipulación de los mapas electorales en EE.UU. https://www.france24.com/es/20190627-claves-entender-gerrymandering-que-es
[3] La
información sobre votos y escaños en elecciones nacionales es oficial y
proviene en su integridad del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), en
particular de su Atlas Electoral. También se han tomado de dicha fuente sus
cartillas de cálculo e incluso las leyes vigentes, en algunos casos ya
actualizadas.
[4]
Por ejemplo, en un departamento un partido logró votación para tener 6
diputados por proporción de votos, sin embargo en la votación de CU logra 8
diputados, de acuerdo al procedimiento de la Ley 026, Art. 59 c).”Del total de
escaños que corresponda a una organización política, se restarán los obtenidos
en circunscripciones uninominales, los escaños restantes serán adjudicados a la
lista de candidatos plurinominales, hasta alcanzar el número proporcional que
corresponda.” En este caso la proporcionalidad es superada por dos escaños,
para ello la Ley considera en su parágrafo d) “d. Si el número de diputados elegidos
en circunscripciones uninominales fuera mayor al que le corresponda
proporcionalmente, la diferencia será cubierta restando escaños plurinominales
a las organizaciones políticas que tengan los cocientes más bajos de votación
en la distribución por divisores en estricto orden ascendente del menor al
mayor.” Por lo que tendrían que disminuirse dos diputados plurinominales de
otras organizaciones políticas.
[5] En
realidad, para ser más precisos, habría que señalar que no se eligen diputados
plurinominales, ya que los candidatos a diputaciones plurinominales que
finalmente llegan a la ALP son los que quedaron en las listas de los partidos
después de haberse elegido a los diputados uninominales. Por ello, puede
decirse legítimamente que más bien se trata de una elección por descarte.
[7] Ver: Boletín Informativo
del OEP. Distribución y asignación de
escaños. Julio 2020, en: https://www.oep.org.bo/institucional-institucional/todo-sobre-la-distribucion-y-asignacion-de-escanos-en-boletin-informativo-del-oep/
[8]
El tema de las diputaciones especiales
definitivamente no está bien digerido en el marco del REV. Ocurre que no se
dice nada acerca de su inclusión o no en toda la mecánica que hemos expuesto de
conversión de votos en escaños. Otro aspecto que no queda claro es el grado y
la medida en que los candidatos que postulan
a estas diputaciones realmente son representantes auténticos de los
pueblos indígenas, en qué medida se hallan umbilicalmente conectados con ellos
y representan sus aspiraciones y necesidades. Por lo que se ha podido observar,
el MAS prácticamente se ha apropiado de estos escaños, constituyendo de este
modo un suerte de segunda renta electoral, que le proporciona 6 escaños, los
que con mucha probabilidad pueden hacer la diferencia en las elecciones
venideras entre ganar la cámara de diputados con mayoría absoluta o relativa.
[9] Ver los escenarios en: https://drive.google.com/file/d/1IF8H04HajIm3L09dD3flGVIO9klulxcD/view?usp=sharing
[10] Para
tomar en cuenta la experiencia polarizadora del Perú con la segunda vuelta,
véase: Conflictividad Electoral en el Perú: Aportes para el Debate de la
Reforma Política. https://www.demoamlat.com/conflictividad-electoral-en-el-peru-aportes-para-el-debate-de-la-reforma-politica/
LA VERSIÓN EN PDF DE ESTE ANÁLISIS SE ENCUENTRA EN: