31 agosto 2020

SESGO ELECTORAL, EL MAYOR PELIGRO PARA LA DEMOCRACIA BOLIVIANA




Análisis del Régimen Electoral Vigente para las Elecciones 2020

 

Carlos Rodrigo Zapata Cusicanqui 

 Marco Zapata Cusicanqui


Contenido





SESGO ELECTORAL, EL MAYOR PELIGRO PARA LA DEMOCRACIA BOLIVIANA

Bolivia enfrenta al presente el proceso electoral más temible de su historia. No solo está en juego la democracia, sino la estabilidad y la posibilidad de una convivencia pacífica y civilizada que permitan a los bolivianos aspirar a días mejores.
Las posibilidades de superar esta prueba sin profundos traumas ni grandes retrocesos son escasas. Existe una suma de factores que parecen empeñados en hacernos la tarea extremadamente difícil, como ser la pandemia en curso, la crisis económica, la debacle política ocasionada por el fraude electoral del 20/10 y el intempestivo cambio de gobierno por la renuncia del gobierno del MAS, una gestión gubernamental transitoria con múltiples errores y tropiezos, una creciente presión para forzar la celebración de las elecciones pospuestas, aprestos de convulsión social impulsadas por enemigos de Bolivia y, además, gran insuficiencia de medios para enfrentar cada uno de estos factores.
Dichos factores están a su vez plagados de contradicciones, urgencias y presiones que hacen que el panorama general sea de carácter catastrófico.
Esbozar siquiera mínimamente cada una de estas dimensiones podría demandar de los lectores mucho tiempo, por lo que no ingresaremos en el tratamiento de estas complejas y acuciantes dimensiones.
Por ello nos concentraremos en la temática específica de este trabajo relacionada con el régimen electoral actualmente vigente (en adelante, REV), que es a su vez una dimensión crítica y central de las elecciones generales que requiere el país, el cual se halla a nuestro parecer expuesto a múltiples dudas y observaciones.

 

1.     Introducción

Intuitivamente buena parte de los bolivianos tiene la impresión que “vota pero no elige”.
Ello se debe sin duda a las reglas que se han introducido en el régimen electoral ya desde los años 90 y completado en los pasados 14 años que les permiten a los partidos, entre otras facilidades, retener todos los escaños uninominales que hayan obtenido, incluso a costa de escaños plurinominales que eventualmente les corresponderían a otras tiendas políticas, posibilidad que se mantiene vigente aún en el caso que los partidos que hayan obtenido dichos escaños uninominales no superen la barrera del 3% de los votos.
A ello se añade el hecho de la existencia de diversos otros sesgos imperantes, como ser el que se observa entre circunscripciones urbanas y rurales en cada departamento, así como entre circunscripciones de distintos departamentos. El peso electoral de unas circunscripciones puede variar tanto en relación a otras, especialmente entre departamentos, que el régimen electoral puede ser visto como una farsa, muy alejado del clásico: 1 ciudadano, 1 voto, igual peso.
Estas licencias que otorga el régimen electoral significan nada más y nada menos que introducir un mecanismo mediante el cual se va rompiendo la proporcionalidad de votos y se va introduciendo un sesgo de dimensiones insospechadas, al punto que según los análisis que pueden efectuarse es posible ganar la mayoría absoluta de la Cámara de Diputados ya con 30% de los votos e incluso menos, como veremos, lo cual dependerá esencialmente del peso y cantidad de frentes en disputa y otras variables.
Solo imaginar que es posible un resultado de semejantes proporciones significa reconocer que tenemos un régimen electoral capaz de producir resultados ampliamente sesgados, lo cual muestra que el voto no vale lo que promete y que basta con que un partido ordene sus acciones de acuerdo con las reglas vigentes como para lograr su propósito de ganar gran influencia en las decisiones del país, aún con un peso electoral completamente alejado de una distribución proporcional aceptable.
En este trabajo nos hemos propuesto esclarecer el carácter limitadamente proporcional del régimen electoral imperante en Bolivia, es decir, los grados en que es posible introducir sesgos electorales muy pronunciados y por tanto la medida en la cual es posible conculcar los derechos electorales de la población que asiste a las elecciones con una buena parte de las cartas marcadas.
A fin de resolver esta tarea, primero presentaremos un recuento breve de los orígenes y evolución del actual régimen electoral, lo cual nos ayudará a comprender tanto las razones de la acumulación de sesgos, como los motivos que en su momento pudieron haber tenido los diversos actores políticos para establecer dicho régimen. Ello nos permitirá ir identificando algunos rasgos y efectos que ha ido generando el REV. A continuación y en base a dicho recuento pondremos de relieve los principales rasgos o características específicas del REV. Allí podremos apreciar que la suma de reformas y ajustes introducidos sucesivamente ha generado un régimen electoral que explotado hábil y sistemáticamente puede arrojar resultados muy problemáticos para la convivencia de los bolivianos.
Una vez efectuado este esbozo de orígenes, evolución y rasgos del régimen electoral, pasaremos breve revista al marco legal específico que estructura el régimen electoral vigente y gobierna la mecánica de la transformación de votos en escaños en el marco de dicho régimen electoral. Este paso es importante, pues allí se podrá apreciar la diversidad de sesgos y permisividades que establece el régimen electoral para apartarse de la regla de proporcionalidad.
En base a todos estos elementos, a continuación mostraremos cómo se han distribuido los escaños en los hechos y cómo es posible y probable distribuirlos de acuerdo con el régimen electoral vigente. Para ello presentaremos varios escenarios que muestran los grados y dimensiones que pueden alcanzar los sesgos electorales.
Empezaremos por definir escenarios teóricos que incluya todas las posibilidades de explotar el régimen electoral vigente, lo que nos dará el sesgo máximo que es posible alcanzar en la contienda electoral que tenemos en puertas. A partir de estos escenarios teóricos, señalaremos algunos ejemplos de una familia de sesgos teóricos posibles, modificando los valores de las variables fundamentales que hacen posible y explican dichos sesgos electorales.
Luego presentaremos diversos escenarios empíricos, basados en los resultados de las elecciones generales de los pasados años, situación que nos mostrará que el sesgo electoral no solo depende del conjunto de reglas establecidas en el régimen electoral, sino además de varias otras variables o factores, tales como la cantidad de fuerzas participantes, el peso electoral que tengan las mismas, las estrategias que sigan y usen para lograr sus resultados, la aceptación que puedan tener los candidatos en las diversas circunscripciones uninominales e incluso de las técnicas antidemocráticas que se utilicen para incidir en el voto. Se podrá también apreciar cómo en el camino van surgiendo procesos de aprendizaje cuando se trata de dinámicas repetitivas sujetas a las mismas reglas, capaces de explotar cada vez más refinadamente las opciones y posibilidades que pone a disposición el régimen electoral vigente.
La contrastación entre estos escenarios nos permitirá mostrar que el régimen electoral tal como está concebido es mucho menos proporcional de lo que usualmente se supone,  constatación que puede deberse a una correlación falsa o casual que se apoya exclusivamente en los últimos resultados electorales habidos en el periodo en que dicho sistema se halla vigente y no toma en cuenta los sesgos potenciales que es capaz de producir el régimen electoral. Lo que pretendemos mostrar es que dichos sesgos pueden ser muy pronunciados e inclusive catastróficos para la democracia boliviana y que muchas condiciones están dadas como para que dichos sesgos se pongan de manifiesto en las elecciones 2020.
En la parte final presentaremos una valoración de conjunto de los resultados previos, las conclusiones del análisis y algunas recomendaciones indispensables a fin de preservar la democracia en Bolivia.
Justamente porque comprendemos que la legitimidad de toda decisión democrática depende sustancialmente de las mayorías que la sustenten, es que consideramos que un resultado legal pero ilegítimo en las elecciones, basado en grandes sesgos permitidos por el régimen electoral vigente, es decir, en una gran desproporción de escaños ganados en comparación con los votos requeridos para obtenerlos, podría ocasionar un daño muy grave a las bases y fundamentos de convivencia de los bolivianos, mucho más en el periodo actual de extrema polarización y politización de todos los ámbitos de la vida nacional que estamos atravesando.

2.     Evolución y rasgos del Régimen Electoral Vigente (REV)

Para comprender el alcance de las preocupaciones que suscita el Régimen Electoral Vigente (REV) es imprescindible señalar algunos de sus orígenes y rastrear la manera en que ha ido tomando forma hasta llegar a su estructura actual.
Dado que a lo largo de este trabajo nos referiremos constantemente al tema de sesgo electoral, es oportuno definirlo brevemente. Entendemos por sesgo electoral a la diferencia entre el porcentaje de votos y el porcentaje de escaños que pueden obtener los frentes políticos en elecciones con dichos votos. Dicha diferencia significa que existe una desproporción entre votos y escaños, lo cual señala que se está obteniendo más o menos escaños, es decir, una mayor o una menor representación, que la que corresponde a los votos obtenidos.

2.1            Orígenes del REV, ajustes durante el régimen del MAS y efectos

La necesidad de contar con un régimen electoral remozado, acorde a los requerimientos del momento y de las fuerzas políticas prevalecientes, surge luego del retorno a la democracia (1982) y a más tardar después de la debacle de la UDP (1985) debido en buena parte a su escaso apoyo parlamentario y su baja capacidad de gobernabilidad.
Recién en los años 90 va cristalizando un perfil de régimen electoral que no sea proporcional puro, ni exclusivamente mayoritario, sino una mezcla de ambos, que ha dado lugar a nuestro actual régimen electoral.
Sin duda que el corazón de dicho régimen está conformado por un componente heredado y uno nuevo. El componente heredado se refiere a una distribución de escaños entre departamentos que ya se fue perfilando desde los años 50 y consiste básicamente en distribuir una parte significativa de los escaños sin considerar el tamaño de la población. Las repercusiones derivadas de este factor son múltiples, de las cuales vale la pena destacar en esta oportunidad los pesos electorales muy disímiles en las diversas circunscripciones, la violación del principio del voto igual establecido en las constituciones, la creación de ciudadanos con derechos electorales muy distintos, la toma de decisiones nacionales por minorías regionales y otros sesgos que atentan contra el voto igualitario.
El componente nuevo se refiere a la nueva fragmentación que sufre la geografía electoral boliviana al introducirse las circunscripciones uninominales y decidirse originalmente  que la mitad de los diputados se elegirán por mayorías simples, es decir, que para ganar basta tener un voto más que los demás competidores, sin importar cuan representativa del total sea la  votación obtenida por el ganador en dichas circunscripciones.
Se sostuvo entonces que esa decisión buscaba que el elector elija a sus representantes ante el Parlamento del modo más directo posible y que era una manera efectiva de conectar al ciudadano con el Estado. Sin duda, es una manera de ver esta reforma. La otra es ver que se fragmenta el electorado en compartimentos cada vez menores y que de este modo se  pone en bandeja la posibilidad que personajes locales puedan lograr el apoyo de sus respectivas regiones, municipios y hasta barrios. Las consecuencias relacionadas con esta medida son múltiples.
Valga la pena mencionar que las circunscripciones uninominales profundizaron la dispersión y la fragmentación del electorado con la consecuencia que forjaron electorados cautivos locales que no requerían de grandes programas para abordar la problemática nacional, sino que bastaba con algunas promesas para consumo local. De ese modo, la preocupación por el país como conjunto, de respuestas estructurales y sistemáticas fue quedando cada vez más a la deriva en favor de respuestas y soluciones locales, puntuales, como si la simple suma de dichas respuestas ya nos fuera a traer las soluciones que el país exige y merece.
A tiempo de introducir las diputaciones uninominales, además se les dio un mayor peso que a las plurinominales, situación que introdujo otro sesgo en el peso electoral que puede tener profundas repercusiones no deseadas.
El problema principal que podemos apreciar es que las circunscripciones uninominales (CU) surgían en un marco o contexto en que ya existían fuertes desbalances en la distribución de escaños. A título de ejemplo, el departamento de La Paz con sus 3 millones de habitantes tiene menos de la mitad de representantes en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) (33 entre diputados y senadores) que los 3,3 millones de habitantes de los 6 departamentos de menor población que en total tienen 78 representantes. Una consecuencia de esta forma de distribuir las diputaciones ha sido que el peso de un elector en una CU pequeña (usualmente ubicada en un departamento de menor población) llega a ser actualmente hasta 8 veces mayor que el de una CU grande (usualmente ubicada en un departamento de mayor población).
En este punto no se trata de discutir ahora la conveniencia de este régimen de distribución departamental de la representación democrática, sino hacer notar que la estructuración del REV no se ha dado en un espacio vacío, sino en un ambiente ya cargado de historia, decisiones y formas de toma y ejercicio del poder, provenientes ya de décadas pasadas. El problema esencial en relación a este punto es que los distintos pesos electorales establecidos han conducido a favorecer y priorizar respuestas cada vez más locales, lo cual también significa más aisladas y más ajenas al conjunto nacional. Trozar el universo electoral boliviano ya ha causado un enorme daño frente a la urgencia de estudiar y comprender la problemática nacional de modo integral, así como ante las soluciones y políticas que debemos imaginar y formular para encarar su superación. Basta ver la ligereza con la  que el común de los partidos facciona sus programas –alguno ha llegado al extremo de presentar copia del programa de un partido de otro país– como para aquilatar los extremos de este peligro.
Dicho de otro modo: los sesgos empezaron a diversificarse y acrecentarse, al punto que la idea de 1 ciudadano, 1 voto fue haciendo aguas, a medida que la democracia se asemejaba cada vez más a una suma de maquinaciones antes a que a una suma de votos. El Padre Pérez, de la Radio Fides, lo dijo una vez con todas sus letras: “el pueblo vota, pero no elige”.
Esta fase o etapa concluye con el triunfo inédito del MAS el 2005 con mayoría absoluta de votos. El resultado fue que se apoderó ya entonces de la ALP, situación que se profundizó hasta lo indecible en las elecciones subsiguientes, llegando al extremo de tener en ambas cámaras dos tercios de los representantes, el sueño dorado de todo autócrata: mandar a sus anchas y todo bajo el manto protector de la democracia. Peor escenario para conservar y desarrollar la democracia, imposible. De ahí al afán de perpetuarse en el poder, ya no resta nada.
La voluntad reformista del MAS se desencadenó allí. Durante los pasados 14 años ha habido una diversidad de ajustes y complementos al régimen heredado, que le han dado todas las herramientas imaginables como para que un partido pueda perpetuarse en el poder mediante elecciones, de modo legal, incluso sin fraudes electorales.
Entre las reformas introducidas por el MAS cabe destacar la regla del 40/10, la segunda vuelta, los diputados especiales, haber dado aún mayor peso a las diputaciones uninominales modificando las cantidades de CUs y redibujando las circunscripciones uninominales, de modo que calcen mejor con el lugar donde residen sus adherentes.
La Ley ha fabricado un procedimiento tan aparatoso como atrabiliario para justificar circunscripciones con enormes diferencias, que mueve a la risa y la hilaridad. El asunto es que con dicha justificación se puede delimitar circunscripciones que dupliquen la superficie y la población entre una y otra circunscripción del mismo departamento.[1] Es como decretar dibujo libre, todo legalmente respaldado. El hecho es que a las diferencias entre el peso de los electores de unos y otros departamentos, se sumaron ahora nuevas diferencias entre circunscripciones al interior de los departamentos, con lo que la geografía electoral del país ha terminado por convertirse en un enjambre de pesos electorales, llegando a extremos inauditos, de 30 a 40 veces en el pasado, y al 2019 a 8 veces de diferencia entre circunscripciones. El gráfico siguiente ilustra dichas diferencias.
Pero posiblemente el ajuste más importante que se puede mencionar producto de los pasados 14 años se refiere al aprendizaje en el terreno con ese régimen electoral. Al principio, cuando se introdujo estas reformas el año 1997, se nota que no se apreciaban sus posibilidades, de modo que ni hubo grandes sesgos, ni tampoco muchos caciques locales que lograron su ingreso al parlamento. Todo aparentaba pulcra normalidad.
Ya en las elecciones del 2002 se notó una intencionalidad dirigida para obtener mejores resultados. El hecho es que el MNR con una diferencia mínima en votos respecto a sus inmediatos rivales, obtuvo muchos más escaños que el MAS y NFR. Los sesgos electorales que consiguieron el MNR y el MIR sumaban 9%, es decir, tenían en conjunto 38% de los  votos, pero 47% de los escaños. Ello se debió sin duda a su inicial aprendizaje con la forma de aprovechar mejor los resquicios y facilidades que ofrecía el régimen electoral.

 
Cantidad de votantes inscritos por circunscripción uninominal 

No obstante, los aprendizajes que logró el partido a cargo del país en los pasados 14 años son mucho más significativos, situación que le ha permitido explotar todos los resquicios y posibilidades que ofrece el régimen electoral. Sus ajustes y reformas han sido complementarios y han tocado piezas clave. La regla del 40/10, hasta ahora no usada, resulta una formula extremadamente preocupante, muy relacionada con experiencias de otros países, pero sobre todo íntimamente ligada al voto duro y controlado que ha tenido el MAS en todos sus años al mando del país. Además dicha regla apunta a evadir la mayoría absoluta de votos, lo cual está en plena sintonía con el REV que busca generar sesgos y evitar mayorías absolutas de votos para hacerse de la mayoría de los escaños.
Por su parte, la segunda vuelta es una forma de cortar de raíz la posibilidad de alianzas parlamentarias utilizadas para definir la elección del presidente. Esta disposición evita las megacoaliciones y todas las formas de llegar a acuerdos en la ALP una vez que se sepa cuál es el peso de cada cual, es decir, con cuántos escaños cuenta cada frente. Esta regla no se ha aplicado nunca en Bolivia y por lo que puede advertirse, los actores políticos no están sabiendo tomarla en cuenta, pues aún no se han puesto en la situación de ganar sin mayorías absolutas y sin megacoaliciones que puedan constituirse en la ALP. Ahora la disputa es previa, porque es el elector el que decide la conformación de los poderes públicos en primera y, si se requiere, en segunda vuelta. El problema de empezar a buscar alianzas en caso que se requiera una segunda vuelta electoral es que el poder legislativo ya estará conformado, y esta es una grave falencia de los sistemas de doble vuelta electoral que favorecen la atomización de fuerzas y la posterior negociación y componenda de quién da más, como se ha podido observar en casos de países que reiteradamente han tenido que recurrir a ella, como es el caso del Perú. En el ambiente convulso existente en Bolivia, la segunda vuelta viene a ser como echar gasolina al fuego, y todo indica que llegaremos a este extremo en las elecciones fijadas para el 18 de octubre del 2020.
¿Cuál es el problema que surge de superponer las circunscripciones uninominales a la distribución departamental de escaños establecida ya desde los años 50? Que no solo se venía eligiendo proporcionalmente a más representantes de departamentos con menor población, sino que ahora además se podía elegirlos con muchos menos votos que en el pasado. El hecho es que en pasadas elecciones ha habido casos en los que el voto de unos ciudadanos ha llegado a valer decenas de veces más que el voto de otros ciudadanos en el otro extremo. A ello se ha sumado el hecho que se ha dado un marcada preferencia a las diputaciones uninominales, estableciendo la posibilidad de retener dichos escaños aun cuando no se cumpla la barrera del 3% e incluso hacerlo a costa de escaños plurinominales que corresponderían a otros partidos. Más adelante veremos en mayor detalle las fórmulas de conversión de votos en escaños.
Por ejemplo, en las elecciones del 2009 el peso del voto de cada elector de la CU 68 ubicada en Pando equivalía al voto de 26 electores de la CU 15 en El Alto en términos de inscritos, el mayor contraste de esa elección. Dicho esto mismo en cantidad de electores: mientras la CU 15 tenía 179.466 inscritos, la CU 68 tenía 6.989 inscritos. En el primer caso el MAS ganó el escaño en disputa con 101.051 votos, mientras que en el segundo caso bastó con 2.344 votos para que el PPB-CN [Plan Progreso para Bolivia-Convergencia Nacional, con M. Reyes Villa y L. Fernández como candidatos] gane otro escaño. Una diferencia de 43 veces.
No obstante, esta historia no concluye aquí. A fin de ilustrar y comprender los “procesos de aprendizaje” que se han venido dando y la forma en que se ha venido preparando fraudes en el marco del REV, veamos un ejemplo.
Dado que la votación en la CU 15 de El Alto resultaba exagerada para ganar un curul el 2009 (se lo ganó con el 83% de los votos válidos de la CU 15), al mismo tiempo que el MAS perdió el curul de la CU 68 en Pando por 340 votos de diferencia, no tuvieron inconveniente alguno en realizar unos ajustes para la siguiente elección. En las elecciones de 2014, la CU 15 ya redibujada (un ejemplo de la famosa práctica norteamericana del Gerrymandering[2]) pasó a tener 69.863 electores inscritos, mientras que la CU 68 desapareció y en su lugar quedó la CU 63 con 17.282 inscritos. En dichas elecciones ambos curules fueron ganados por el MAS, la CU 15 con 30.382 votos (equivalentes al 77% de los votos válidos de la CU 15) y la CU 63 (ex CU 68) con 5.590 votos (equivalentes al 55% de los votos válidos de la CU 63). Unos ajustes en las delimitaciones de las circunscripciones y unos traslados de electores, fueron los instrumentos utilizados. Sena quina. Aprendizaje realizado. [3]
En todas las elecciones desde el 2005 el MAS ha obtenido la mayoría absoluta de las cámaras (excepto en senadores el 2005) e incluso los dos tercios. Dos tercios de los escaños uninominales (en el caso de La Paz, todos) y también la casi totalidad de los escaños especiales -diseñados a medida de sus propia militancia y adherentes- han sido obtenidos por ese partido. Todo ello está también relacionado con la introducción de diversas prácticas, como por ejemplo, poner como candidatos a los jefes de las organizaciones sociales, alentar la disciplina del voto, instaurar formas de control del voto, que van desde gangas y prebendas hasta amenazas de exclusión. De este modo se han apropiado de la lógica con que originalmente han sido creadas las CU –favorecer a candidatos locales, en el marco de una democracia oligárquica o caciquil– solo que ahora los poderosos candidatos locales son dirigentes de organizaciones sociales cooptadas por el masismo.
Todos estos elementos concurren a las elecciones. No es solo un asunto de introducir una boleta en un ánfora. El país todo, con sus estructuras de lucha y poder, se hace ahí presente, donde al final del día van a medir no quién obtuvo el mayor apoyo ciudadano, sino quién logró pescar mejor en río revuelto. Y ya sabemos que cuando no están seguros de lograrlo legalmente, recurren al fraude anticipado o al del momento, sin importarles los derechos electorales de los bolivianos.
Extrañamente esa serie de triunfos inéditos del MAS ha generado la impresión entre los observadores que el REV es muy proporcional porque no se han observado grandes discrepancias entre votos y escaños. La regla de conversión de votos en escaños ha arrojado resultados con leves desequilibrios. En efecto, un partido que logra semejantes guarismos, superiores incluso al 60%, acapara prácticamente la gran mayoría de escaños, por lo que su alta votación guardará estrecha relación con la alta cantidad de escaños que gana. De ahí a concluir que el régimen electoral sea altamente proporcional es un error monumental que podemos pagar muy caro en las elecciones que se nos vienen ya encima por la inmensa presión que viene ejerciendo el MAS. Volveremos a tocar este tema más delante en este trabajo cuando comparemos los escenarios teóricos y empíricos.

2.2            Características predominantes del Régimen Electoral Vigente

Para comprender de modo puntual de dónde proceden los diversos tipos de sesgos que caracterizan al REV, es indispensable identificar sus principales rasgos. Como lo señalábamos, proceden tanto del sistema de distribución de escaños entre los departamentos como del sistema de asignación de escaños en base a un régimen mixto, en parte proporcional y en parte mayoritario.
Los rasgos más llamativos del REV son:
·         La diversidad y cantidad de circunscripciones existentes. Al presente son 80, de las que 1 es nacional, 9 departamentales, 63 uninominales y 7 especiales.
·         El tamaño variable de las circunscripciones en términos  de población electoral. Según los datos de la elección del 2014, la diferencia entre CUs llegaba a 13 veces y entre Circunscripciones Departamentales (CDs) a 23 veces. En el caso del padrón del 2019, la diferencia entre CUs se había reducido a 8 veces.
·         El doble voto existente que responde a su vez a distintas modalidades de elección. El primer voto es proporcional, el segundo es por primera mayoría. Cómo se distribuyen finalmente los escaños, es objeto de toda una ingeniería electoral de enrevesados cálculos no muy claramente precisados en la Ley del Régimen Electoral 026 que deja las puertas abiertas a resultados muy preocupantes. En Anexo se ha incluido el proceso de cálculo requerido para transformar votos en escaños en base a los escenarios que se han planteado.
·         La retención de todos los escaños uninominales y especiales que haya obtenido una tienda política debido a que la barrera de 3% de votos a nivel nacional solo vale para las diputaciones plurinominales. Ello significa que un partido que no cumpla con el 3% de los votos a nivel nacional, pero haya obtenido uno o más curules uninominales y/o especiales, puede conservar dichos escaños y representar a los bolivianos, pese a que deba perder su personería jurídica.
·         En caso que un partido tenga más diputados uninominales que plurinominales se da preferencia a los escaños uninominales a costa de los escaños plurinominales que eventualmente les corresponderían a otros partidos con menor cociente proporcional.[4]

En pocas palabras, el REV es un sistema mixto, donde la proporcionalidad resulta muy disminuida debido:
·         a la primacía del voto por mayoría simple imperante en las CUs y las Circunscripciones Especiales (CE), sinónimo de falta de representatividad, de aliento a caudillos o caciques locales, de bloqueo a la siempre necesaria promoción de nuevos valores, de división del electorado, de la producción de electorados locales cautivos, así como,
·         al lugar secundario que se le asigna al voto proporcional que llega al extremo de preferirse un escaño uninominal en lugar de un escaño plurinominal. A título de ejemplo puede destacarse el caso del Partido Socialista (PS) que en las elecciones del 2002 ganó un escaño uninominal (el único que obtuvo a nivel nacional) con 13.204 votos pese a que no logró el 3% de los votos a nivel nacional por lo que perdió su personería jurídica, arrebatando un escaño a UCS que tenía 28.345 votos por cociente proporcional. Una clara manera de destruir proporcionalidades.

Estas características distintivas del REV no solo significan que se ha dado espacio a la producción de sesgos muy pronunciados entre votos y escaños, sino que se ha introducido una serie de incentivos que alientan a la práctica de la manipulación de la voluntad soberana. Posiblemente el peor resultado de todos es que una sociedad profundamente heterogénea, diversa y polarizada se muestra mucho más interesada y preocupada por introducir mecanismos que alientan la división y la segmentación, antes que buscar fórmulas de construir procesos de inclusión y consenso que nos ayuden a superar las divisiones internas que nos impiden mirar el futuro de modo conjunto.
Es en este marco de creciente limitación de los derechos electorales de la población que se puede apreciar que el REV ha facilitado la instauración de diversas prácticas dañinas para el acontecer nacional como la segmentación del universo electoral, la emergencia de electorados locales cautivos (en parte como producto del peso e influencia de determinados caudillos locales, pero en parte también debido a prácticas centradas en el voto consigna y la disciplina sindical y comunitaria impuestas), el desinterés por los programas partidarios, la casi completa desaparición de los partidos políticos como organizaciones permanentes que reaparecen solo en periodos electorales, situaciones que ineludiblemente llevan a preocupaciones distintas y a perder de vista la cuestión nacional, básicamente centrada en la pobreza extrema de gran parte de nuestra población, la creciente depredación de los bienes de la naturaleza, la carencia de innumerables bienes y servicios públicos y la falta de visiones de desarrollo compartidas, todos asuntos que exigen respuestas comunes.

3.     Las elecciones nacionales según el Régimen Electoral Vigente

La mecánica de conversión de votos en escaños que disponen las leyes para elegir autoridades y asignar los escaños entre los frentes políticos participantes en las contiendas electorales está construida sobre la base de 80 circunscripciones y doble voto.
El primer voto está destinado a elegir presidente y vicepresidente del país en circunscripción nacional, así como senadores y diputados plurinominales en circunscripciones departamentales. En estos últimos casos, el método usado para distribuir los escaños es de tipo proporcional, aplicando la regla de D’Hondt. Por este procedimiento se elige actualmente los 36 senadores, o sea el total de miembros de la cámara de senadores, y 60 diputados de los 130 que conforman la cámara de diputados. [5] Los totales de representantes de ambas cámaras son considerados fijos y han sido establecidos por Constitución, no así la distribución departamental de escaños ni la composición de escaños de diputados que son establecidas por ley. En los pasados 5 procesos electorales (1997  a 2014) se ha modificado 4 veces las cantidades de escaños que corresponden a cada tipo de diputados y hasta 3 veces la cantidad de escaños que corresponde a los departamentos. Esta intensa actividad legislativa tiene que ver tanto con ajustes por la variación poblacional, como con conveniencias de las mayorías parlamentarias.
[Fuente: C. Cordero. Del sistema liberal representativo al sistema liberal comunitario. KAS, 2014, p. 212. U: Diputaciones Uninominales; P: Diputaciones Plurinominales; EI: Diputaciones Especiales Indígenas]
La regla de D’Hondt dispone que los votos obtenidos por cada partido a nivel departamental se dividan por la serie de números naturales 1, 2, 3, etc. hasta lograr asignar los escaños en disputa en cada departamento a aquellos frentes que obtienen los cocientes más altos. De este modo se establece una correlación razonable entre número de votos y número de escaños que además favorece ligeramente a frentes políticos con menor votación, especialmente cuando la cantidad de partidos participantes es alta.
El segundo voto está destinado a elegir diputados uninominales (63) y especiales (7) mediante mayoría simple, lo cual significa que el frente político que obtiene la votación más alta en cada circunscripción gana el escaño respectivo. Las diputaciones especiales se hallan destinadas a facilitar representantes directos a los pueblos indígenas, por lo que solo tienen derecho a elegir a estos diputados quienes pertenecen a dichos pueblos.
A continuación se presenta un cuadro que muestra las principales normas prevalecientes en la elección de 2002 y la vigente para el año 2020.

  MARCO LEGAL VIGENTE: ELECCIONES GENERALES
Norma
Fecha Promulgación / Publicación

2002
2020
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1994. Constitución política de 1967 con reformas de 1994
12 de agosto de 1994
X

NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, promulgada el 2009.
22 octubre 2008

X
026 Ley N° 026 del Régimen
Electoral
30 de junio de 2010

X
TEXTO ORDENADO DE LA LEY Nº 1984
CÓDIGO ELECTORAL

X

LEY Nº 421 LEY DE DISTRIBUCIÓN DE ESCAÑOS ENTRE DEPARTAMENTOS. Ley que introduce ajustes a la Ley 026, artículos 50, 56, 57 y 60
07 de octubre de 2013

X
LEY N° 1096 LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS, Art. 60 de la CPE
1 de septiembre de 2018

X
Las normas señaladas han tenido cambios mínimos desde la introducción de las CUs el año 1997, por lo que sus resultados son básicamente comparables. Un cambio mayor tiene que ver con la Cámara de Senadores, donde se amplió el número de senadores de 27 a 36 y se modificó su forma de elección al pasar de la modalidad por mayorías, a la modalidad proporcional.
La Ley 026 DEL RÉGIMEN ELECTORAL es la que establece los procedimientos a seguir para la distribución y la asignación actual de escaños.
El artículo 59 de la Ley 026 que regula este procedimiento, opta por seguir un procedimiento integrado de asignación de diputaciones plurinominales y uninominales, de modo que los dos métodos de votación y elección inicial de diputaciones, aún deben atravesar algunos pasos como para definir la asignación final de escaños que afecta exclusivamente a los escaños plurinominales, mientras que la ley dispone que los partidos que ganan los escaños uninominales pueden retenerlos.

Por su parte, la Ley  N° 1096, LEY DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS, dispone:
ARTÍCULO 60. (MANDATO DE LAS AUTORIDADES ELECTAS). La cancelación o suspensión de la personalidad jurídica y registro de una organización política o alianza, no dará lugar a la extinción del mandato de las autoridades electas en la fórmula de dicha organización política o alianza.
Ello significa que aun en caso de perder la personalidad jurídica los partidos pueden retener los escaños ganados. De este modo se convalida los escaños ganados, sin tomar en cuenta el peso electoral logrado o las causales de pérdida de la personería. Una representación del electorado construida sobre este tipo de bases no luce prometedora, sino muy problemática. Como se puede apreciar, el REV establece la barrera del 3% solo para elegir a senadores y diputados plurinominales, pero ni así se respetan estas candidaturas, ya que son desplazadas por las diputaciones uninominales, pese a que no tienen que cumplir ninguna regla, ni barrera e incluso pueden ser retenidas por partidos políticos que pierden su personalidad jurídica por insuficiencia de votos.
En el Anexo adjunto se ha incluido una selección de los principales artículos de las leyes mencionadas.

4.     Los escenarios en el marco del Régimen Electoral Vigente

A partir del marco esbozado preliminarmente, es crucial establecer qué escenarios son posibles y probables en dicho marco. Entendemos por escenarios posibles a todos los resultados que legalmente permite el REV. Dado que muchos de dichos escenarios son producto de supuestos muy difíciles de darse en la realidad, identificar dichos escenarios solo tiene un fin académico o de registro de posibilidades, por lo que los llamamos escenarios teóricos. En cambio existen otros escenarios que no solo son posibles sino que además son probables, dependiendo siempre de una determinada constelación de factores que acompañe a las reglas establecidas por el REV. Dentro de estos escenarios, a los que llamamos probables o empíricos, cabe aún diferenciar entre más y menos probables o realistas.
¿Cuál es la finalidad de esta identificación y clasificación de escenarios posibles y probables? Simplemente la de alertar al país, a los actores sociales y políticos acerca de los resultados que teórica y empíricamente pueden producirse en la próxima contienda electoral, con la finalidad no solo de estar precavidos, sino también de salir al paso ya desde ahora a dichos resultados que puedan ser producto de grandes sesgos que permite el REV, lo cual significaría que se puede producir una gran desproporción entre votos y escaños, que a su vez ocasionaría una discrepancia más o menos grave entre legalidad y legitimidad. Si dicha desproporción es alta, digamos, superior a 10 puntos porcentuales, entonces podemos decir que nos hallamos en una situación problemática. La cuestión es que dichas discrepancias pueden ser incluso mayores, lo cual puede ser ocasionar un profundo malestar en la sociedad boliviana. La manera de salir al paso en las circunstancias actuales es modificando actitudes y comportamientos contraproducentes, ya que una reforma profunda del REV requerirá una constelación de factores al presente no disponible.
Hay una segunda razón de fondo de por qué debería preocuparnos el resultado, especialmente si el sesgo entre votos y escaños es muy pronunciado. La razón se debe a que un partido, aún sin ganar la presidencia, puede obtener una mayoría parlamentaria que puede dar lugar a bloquear la gobernabilidad nacional. Este escenario es más realista que el caso de un partido que pueda ganar la presidencia gracias a una gran sesgo entre votos y escaños y además pueda obtener la mayoría absoluta de ambas cámaras, aunque tampoco se puede descartar esta posibilidad.
Ambos escenarios son altamente preocupantes, por tres razones centrales: 1) porque el resultado que se obtenga sería legal, en el sentido que se hallaría en consonancia con el REV, pero 2) podría ser portador de un sesgo de proporciones catastróficas y 3) porque el partido que pueda ganar esa mayoría legal y sesgada no tenga ninguna voluntad de facilitar la gobernabilidad del país, sino estar empeñado en boicotear y debilitar la gestión gubernamental desde un inicio, a fin de poder demostrar que el electorado se equivocó al haber votado como lo hizo.

4.1            Los escenarios teóricos

El régimen electoral imperante permite generar una gama tan amplia y diversa de posibles resultados que resulta sencillamente escalofriante imaginarse que alguno de ellos pudiera efectivamente darse en alguna elección.
A fin de ilustrar esa inmensa gama de posibles escenarios que hemos observado, se hallan predominantemente dos tipos:
·         aquellos que permiten acumular una cantidad muy grande escaños con una cantidad relativamente baja de votos que no permiten ganar una elección, pero pueden contribuir a generar ambientes de desestabilización y desorden institucional muy pronunciados;
·         aquellos otros que permiten ganar elecciones con porcentajes relativamente bajos de votación y además con un peso parlamentario desproporcionadamente alto.

Ambos tipos de escenarios se caracterizan por maximizar los sesgos electorales que permite el REV. Como vimos en la caracterización de este régimen, son múltiples las vías que han introducido esos sesgos, por lo que no debería llamar la atención que se puedan producir resultados tan extremadamente dispares.
Hasta el presente podemos decir strictu sensu que estos escenarios no se han dado en la realidad, ya que desde la introducción de las diputaciones uninominales en 1997 hemos tenido en la primera etapa elecciones con partidos con votaciones relativamente bajas, aunque muy similares entre sí, y en la segunda etapa, a partir de 2005, elecciones con un pronunciado desbalance, con alta votación para el ganador y relativamente bajas para los partidos que no perdieron sus personerías jurídicas. En la primera etapa no se conocía ni manejaba suficientemente las opciones que abre el REV, en la segunda se las conocía pero no fue indispensable recurrir a ellas por el peso electoral del ganador. El escenario actual es distinto de ambos periodos, principalmente porque todo indica que ya no existe un frente político que tenga la capacidad de aglutinar a la mayor parte del electorado detrás de sí, por lo que es posible imaginar que todos los partidos procurarán explotar al máximo las opciones que ofrece el REV, por lo que los sesgos esperados serán claramente mayores que en el pasado.
Para estructurar escenarios en el marco del REV es oportuno tomar en cuenta los siguientes elementos:
o   Cantidad de partidos: Depende en principio del requisito que debe cumplirse para obtener la personería jurídica. De acuerdo a disposiciones vigentes se requiere, el 1,5% del padrón electoral biométrico (Ley 1096, Art. 13), lo cual significa que en caso extremo podrían haber hasta 66 partidos compitiendo, si todos y cada uno de los electores habilitados se sumara a algún frente político. En la realidad sabemos que ese extremo no se da, pero lo que si nos advierte esta situación es que la posibilidad que a futuro puedan presentarse muchos más partidos está abierta. Más partidos significa usualmente más división del voto y por tanto, menores requerimientos de votos para ganar.
o    Barrera electoral: La barrera electoral actualmente establecida en 3% sirve en los hechos únicamente para la distribución de los escaños plurinominales, de  modo que todo partido que no alcance esa proporción de los votos válidos (es decir, el total de votos por los partidos en competencia, ya que no se toma en cuenta los votos nulos y blancos) queda automáticamente descartado de la distribución de dichos escaños. No obstante, si se da el caso que un partido gana en alguna CU, el mismo conserva su escaño, aún si no cumple la barrera del 3% y por ello debe perder su personería. Ello significa que puede haber (y ha habido casos) de partidos que representan al electorado, aún sin tener su personalidad jurídica vigente.
o   Peso relativo de los partidos: Nos referimos a la cantidad de votos que obtienen los partidos. Si entre estos no hay grandes diferencias, se requerirá votaciones relativamente bajas para ganar en CUs, por lo que el sesgo que es posible lograr dependerá en gran medida de esta variable.
o   Peso de las circunscripciones: Depende de la distribución de escaños por departamento y de la delimitación de las mismas. En el primer caso, existen CU de todos los tamaños en términos de población electoral. En el extremo hay una diferencia de 13 veces entre la CU 24 (CBB) con 78.302 y la CU 63 (Pando) con 5.790 votos. [6] En el segundo caso, depende del cumplimiento de las disposiciones para la delimitación de las CUs. En el país hay casos en los que las CU rurales llegan a tener 2,5 veces el peso de las urbanas. En ambos casos, se tiende a producir sesgos, sea por concentrar esfuerzos en ganar en CU pequeñas o por ajustar sus límites de acuerdo a conveniencias partidarias.
o   Aceptabilidad de los candidatos uninominales: Dado que el partido que tiene un voto más que el resto se lleva todo, en este caso, un escaño uninominal, el candidato resulta clave. En ámbitos electorales muy locales o fragmentados se tiende a favorecer a candidatos con fuerte presencia local, usualmente empresarios con importantes intereses en la región, capaces de ayudar al vecindario en algunas contingencias. También los dirigentes de organizaciones sociales fuertemente enraizadas en dichas regiones tienen posibilidades mayores. De ahí que, mientras más pequeño el ámbito electoral mayor será el peso de candidatos fuertes con influencia local, por lo que la igualdad de oportunidades de los candidatos de ser elegidos disminuye significativamente en estos contextos. Ello también resta posibilidades a la renovación generacional de los parlamentarios.
o   Grado de control sobre el voto ciudadano: Esta variable se refiere a la disciplina del voto, es decir, a las medidas antidemocráticas y no conformes con las reglas electorales que se apliquen para controlar el resultado. Por la experiencia conocida de los años anteriores, especialmente en los últimos 14 años, aspectos como la disciplina sindical, el control de voto, los premios y castigos relacionados con determinados resultados electorales han estado a la orden del día. También compromisos de las comunidades y ayllus con determinados resultados han formado parte de esta situación. De modo que en ámbitos locales, es más probable esta situación. Además es oportuno tener en cuenta las limitaciones para acceder a ciertas regiones para las campañas políticas, situación que restringe aún es las posibilidades de determinados frentes políticos.
o   Aprendizaje realizado sobre las formas de manipular el voto. Este factor ayuda a ilustrar bien la idea que el total es mayor que la simple suma de las partes. Es decir, el aprendizaje realizado en torno a las formas de explotar las reglas del REV puede hacer la diferencia con relación a cualquier contendor político. Dicho aprendizaje equivale a la “renta” que obtiene un partido como producto de su participación continua en contiendas electorales. Dado que el partido que más ha podido explotar este sistema de reglas es el MAS, podemos decir que lleva una ventaja significativa a los demás contendientes que no han tenido una presencia permanente en el acontecer político nacional como organización, lo cual ya de por si les resta muchas posibilidades de interrelación con el electorado, extremadamente heterogéneo y necesitado de múltiples orientaciones y sobre todo de satisfacción de múltiples necesidades. 
Todos estos factores intervendrán en mayor o menor grado en la contienda electoral. No es el propósito de estas reflexiones formular un modelo en que se pueda estimar la influencia de cada uno de ellos. Lo que es oportuno tomar en cuenta es qué frente político tiene mayores oportunidades de explotar estos factores en su favor. Con toda seguridad no serán los partidos que de pronto aparecen como meteoritos en el firmamento electoral boliviano, sino aquellos que han ido tejiendo un sinnúmero de vínculos y relaciones con los electorados locales, no necesariamente non sanctas para el propio proceso electoral.
En los escenarios que se presenta a continuación se han considerado básicamente dos factores: la cantidad de partidos y su peso electoral. A partir de ellos es posible construir unos escenarios básicos y señalar una familia de escenarios teóricos según la cantidad de partidos. Estos escenarios teóricos se pueden ver en el siguiente cuadro:
   ESCENARIOS TEÓRICOS
CARACTERÍSTICAS
ESCENARIO BÁSICO 1

ESCENARIO BÁSICO 2

Peso electoral
Peso similar de todos los partidos en todas la CD y CU, excepto el partido ganador que tiene mayor votación que el resto.
Peso similar de todos los partidos en todas la CD y CU, excepto el partido ganador que más que triplica en votos al tercero en un departamento y el segundo más que duplica en votos al tercero.
Doble voto
Se supone que no hay voto cruzado y que el comportamiento electoral con el primer y segundo voto es igual.
Se supone que no hay voto cruzado y que el comportamiento electoral con el primer y segundo voto es igual.
Resultado
esperado
Se obtiene mayoría absoluta en diputados y primera mayoría en senadores
Se obtiene mayoría absoluta en diputados y en senadores
Cantidad de partidos
10 partidos
8 partidos
5 partidos
10 partidos
8 partidos
5 partidos
Votación requerida del total de votos válidos
10,1%
12,8%
20,2%
23,5%
27,5%
39%
Proporción total de escaños ganados
47%
47%
47%
53,6%
53,6%
53,6%
Sesgo electoral en favor del ganador
36,9%
34,2%
26,8%
30,1%
26,1%
14,6%

A fin de hacernos una idea de los extremos a los que es posible llegar, imaginemos el ESCENARIO BÁSICO 1 del cuadro anterior con 10 partidos. Si todos los partidos tienen el mismo peso electoral en todas las CD y CU, con excepción de uno de los partidos que tiene un voto más en todas y cada una de las CD y CU, dicho partido obtendría con el primer voto, es decir, el voto destinado a elegir presidente, senadores y diputados plurinominales, un total de 9 escaños a senadores y 0 escaños plurinominales, y con el segundo voto, ganaría un total de 70 escaños (63 parlamentarios uninominales y 7 especiales) para lo que requeriría el 10,1% de los votos válidos con lo que obtendría el 47% de los diputados y obtendría un sesgo de 36,9%. En este escenario, obtendría la mayoría absoluta en la cámara de diputados y la primera mayoría en la cámara de senadores.
En el caso del ESCENARIO BÁSICO 2, si un partido quisiera asegurarse el control de ambas cámaras, es decir, obtener la mayoría absoluta en senadores (= 19 escaños) y diputados (=  66 escaños), tendría que obtener el 23,5% de los votos, quedando el segundo con 15,6%, el tercero con 7,7% y los restantes partidos con porcentajes menores. En este caso el ganador obtendría el 53,6% de los escaños, por lo que el sesgo electoral en senadores y diputados sería de 30%. Un resultado así quebraría la democracia ya que permitiría controlar la ALP con una ínfima cantidad de votos, gracias a las reglas del REV.
Este es sin duda el peor escenario imaginable, “el macabro” porque el régimen electoral permitiría instalar de modo legal, legítimo y democrático un poder dual, un partido que maneja y domina el poder legislativo y otro que posiblemente tendría el control sobre el poder ejecutivo. Los otros poderes quedarían por defecto bajo control del poder legislativo, ya que depende de dicho poder nombrar a los vocales del TSE, excepto a uno, y de definir las listas de candidatos a los diversos órganos del poder judicial.
¿Qué ocurre cuando el número de partidos es menor, siempre bajo los mismos supuestos anteriores? En el caso que se trate de 8 partidos el porcentaje para ganar la mayoría absoluta en diputados se halla en 12,8% y para controlar ambas cámaras en 27,5%. Es decir, dependiendo del número de partidos, los porcentajes mínimos indispensables para ganar la mayoría absoluta en ambas cámaras tienden a crecer. En caso que se trate de 5 partidos, el porcentaje es 20,2% en el primer escenario, y 39% en el segundo caso. Los sesgos tienden a disminuir con el decreciente número de partidos. Como veremos al contrastar con los escenarios empíricos (los resultados de las pasadas elecciones), se podrá advertir que Bolivia ya ha rozado el 10% en materia de sesgo electoral en elecciones con 5 partidos y que aún existe un margen para seguir acrecentándolo. En el caso de elecciones con 8 partidos el margen es mucho mayor, entre 26,1% y 7,58% efectivamente observado en las elecciones del 2009.
Las elecciones 2020 en Bolivia se llevarán a cabo con 8 partidos, 2 ó 3 de los cuales tendrán votaciones ínfimas, cercanas al 1%, mientras que los otros partidos pueden alcanzar o superar al 10%. En un escenario teórico orientado a explotar todos los resquicios y oportunidades que ofrece el REV, es posible el triunfo de un partido con porcentajes inferiores al 30% y control de ambas cámaras.
Dicho en breve: el régimen electoral boliviano constituye una invitación para que un conjunto avezado de ciudadanos se decida a tomar el poder por asalto, pero por una vía legal. Basta con que dicho conjunto de ciudadanos logre movilizar el 23% de los votos en su favor en todas y cada una de las CU y las CD y se ocupen de alentar tantos frentes políticos como sea posible, procurando que todos ellos tengan votaciones muy semejantes, para lo cual basta que los unos empiecen a disputarse acremente el electorado, situación que permite una distribución mucho más igualitaria de la votación.
 Esos son los supuestos de este escenario teórico o fantástico, o como se quiera llamarlo, pero admisible en el marco del REV existente en Bolivia y que servirá para ir a las urnas en octubre del 2020. El resultado posible de esas tramoyas podría consistir en ganarse un país, así como uno se gana el premio mayor en una tómbola. La lógica de este juego ya la ha entendido el MAS y la maneja a la perfección, por eso están desesperados por lanzarse a la arena política. Da la impresión que los demás partidos aún no la han comprendido.

4.2            Los escenarios empíricos

Lo posible puede estar tan lejos o cerca de lo probable que puede causarnos inmensa inquietud o ninguna. Para aclarar, lo posible son todas las opciones o resultados que en un cierto marco de actuación pueden darse. No está descartado de principio que esas opciones o escenarios posibles puedan darse.
Sin embargo, las condiciones estrictas que tendrían que cumplirse como para que se den en la realidad son tan poco probables, que usualmente pueden desecharse.
No obstante, en teoría de juegos hay una diferencia sustancial entre juegos con y sin repetición. Si una situación no tiene posibilidades de repetirse, es decir, jugar el mismo juego con las mismas reglas muchas veces, entonces no se puede desarrollar estrategias ni lograr lo que podemos llamar efectos de aprendizaje. Pero cuando un juego se puede repetir muchas veces, es inevitable asociar y relacionar los resultados obtenidos con dichos efectos de aprendizaje, ya que los actores involucrados aprenden a comportarse y seguir ciertas pautas de tal modo que logran explotar cada vez mejor todas las opciones que ofrece el juego en el conjunto de reglas vigente.
Bolivia se halla justamente en la fase o etapa en que los actores, predominantemente uno de ellos, el MAS, han aprendido a explotar las reglas del juego de tal modo que es muy probable que logre aprovechar todos los resquicios imperantes y maximizar sus resultados. Ello significaría por ejemplo que el MAS podría lograr una mayoría de bloqueo de la gobernabilidad, pese a perder las elecciones en primera o en segunda vuelta. 
En nuestro trabajo hemos llamado teóricos a los escenarios posibles, pero con muy bajas probabilidades que se puedan cumplir, usando en este sentido la misma jerga que emplea el TSE. [7]
En cambio, llamamos empíricos a los escenarios que se han dado en la realidad en las pasadas elecciones y escenarios probables pero realistas a aquellos que por diversas asunciones suponemos que se pueden dar en las elecciones venideras previstas para este año 2020. 
Pasemos revista a los escenarios que se han dado en las pasadas elecciones.
LOS ESCENARIOS EMPÍRICOS – resultados de las elecciones pasadas
                Elecciones/
 Características
1997
2002
2005
2009
2014
Cantidad de partidos
10
11
8
8
5
Ganador
ADN
MNR
MAS
MAS
MAS
PRIMER VOTO
484.705
624.126
1.544.374
2.851.996
3.057.618
%
22,26
22,46
53,74
63,91
61,01
TOTAL Senadores
27
27
27
36
36
Senadores obtenidos
11
11
12
26
25
%
40,74
40,74
44,44
72,22
69,44
Sesgo %
18,48
18,28
-9,30
8,31
8,43
TOTAL PLURIS
62
62
60
53
60
Pluris obtenidos
14
12
27
34
33
%
22,58
19,35
45,00
64,15
55,00
Sesgo %
0,32
-3,11
-8,74
0,24
-6,01
 SEGUNDO VOTO
457.470
611.027
968.120
2.050.547
2.181.324
%
22,16
23,91
43,52
57,30
52,24
TOTAL UNIS
68
68
70
70
63
Unis obtenidos
18
24
45
49
49
%
26,47
35,29
64,29
70,00
77,78
Sesgo %
4,31
11,38
20,77
12,70
25,54
VOTOS ESPECIALES
--
--
--
25.095
22.851
%
--
--
--
77,53
70,86
TOTAL ESPECIALES
--
--
--
7
7
Especiales obtenidos
--
--
--
6
6
%
--
--
--
85,71
85,71
Sesgo %
--
--
--
8,18
14,85
SESGO GENERAL PONDERADO
5,17
6,85
4,32
7,58
9,98

La primera observación es que en un lapso de tiempo relativamente breve el escenario político cambio dramáticamente en el país, al pasar de una votación de menos de medio millón de votos que obtuvo ADN en 1997, a los 3 millones de votos que logró el MAS en las elecciones de 2014. Sin duda que ese fue un cambio muy abrupto e intempestivo en un país que no tenía ni tiene ningún acuerdo tácito ni explícito acerca de su futuro y de la manera de preparar al país para ello, y tampoco conseguía vislumbrar por parte del MAS un horizonte posible y viable para construir ese futuro. A esa incertidumbre respecto al futuro, junto a una creciente decepción con la gestión gubernamental, se sumaron múltiples atropellos al Estado de derecho en el país que desembocaron en el fraude electoral de octubre del 2019.
Lo que se puede apreciar es que los sesgos han ido creciendo paulatinamente de elección a elección, pese a que en una primera etapa hasta 2005, no se comprendía suficientemente el REV como para explotar las oportunidades que ofrece y en una segunda, a partir de los triunfos por mayoría absoluta del MAS, se siguió trabajando en la trama fina para aprovechar todas sus ventajas.
Como hemos venido señalando, los mayores sesgos están relacionados con las diputaciones uninominales y especiales que se han convertido en una suerte de “renta electoral”, especialmente para el MAS. El único tipo de escaños que no ha generado sesgos o rentas son las diputaciones plurinominales, justamente por la función que se les ha asignado, la de “financiar” las demás rentas. Con esta excepción, en todos los demás casos, se puede apreciar también una curva de incremento de los sesgos entre una y otra elección. En el caso de las diputaciones especiales podría decirse, pese a la correcta justificación que las precede consistente en facilitar una representación directa a los pueblos indígenas, que nacieron para producir un sesgo en favor del MAS, ya que las  mismas le han facilitado 6 escaños a este frente político que además le han salido muy baratos en términos de cantidad de votos. [8] Dónde quedó la representación parlamentaria directa de los pueblos indígenas, es una tarea que aún debe esclarecerse. Lo esencial, es que dejen de ser manipulados arbitrariamente por cualquier frente político.
También se advierte que ese crecimiento del sesgo global se ha más que duplicado en este último periodo (al pasar de 4,32% a 9,98% entre 2005 y 2014), lo que es un indicador evidente del aprendizaje al que hemos hecho referencia, tal como se muestra en el sesgo general ponderado, que se ha calculado como la suma de los sesgos parciales obtenidos mediante los distintos tipos de escaños, ponderados según el peso de los distintos tipos de escaños respecto del total de ellos.
Varias son las conclusiones que es posible extraer de las pasadas elecciones en que el corazón o la estructura básica del REV ha permanecido constante, sin modificaciones de fondo, de modo tal que sus resultados son comparables.
Las elecciones 2020 se llevarán a cabo a la sombra de tres factores de desestabilización muy serios, todos ellos relativamente inéditos: 1) la segunda vuelta; 2) la posibilidad de ganar elecciones con la regla del 40/10; 3) los sesgos que pueden producirse  y facilitar un triunfo electoral de un frente con relativamente baja votación o una mayoría de bloqueo en una o ambas cámaras que obstruyan toda gobernabilidad.
En 1), al dejar abierta la posibilidad de separar la elección del legislativo de la del ejecutivo y decidir la conformación de las cámaras legislativas en la primera vuelta, se puede dar la situación de un ejecutivo débil sin respaldo suficiente del legislativo, como ya sucedió en la UDP. Un absurdo electoral, especialmente en el caso de un país como Bolivia que requiere por sobre todo priorizar las reglas que favorezcan y faciliten la gobernabilidad.
En 2) se aprecia que la regla del 40/10 reduce en 10 puntos porcentuales la cantidad de votos requeridos para ganar las elecciones (al pasar de 50% a 40%) y además establece una diferencia de 10% con relación al segundo (pero que por algún motivo no explicitado se ha entendido unánimemente como 10 puntos porcentuales, un concepto distinto), criterios que reducen en demasía el apoyo que sería de desear para tener gobiernos que respondan claramente a una mayoría, y no a minorías. La fragmentación del país en todas sus esferas, incluso en la electoral, es un grave daño a la capacidad de convivir pacíficamente. Los continuos bloqueos, las constantes violaciones a las leyes y los precarios acuerdos  de convivencia, así lo confirman.
En 3), gracias a los sesgos electorales que son posibles y probables en el marco del REV se pueden dar diversas combinaciones muy poco favorables para la gobernabilidad del país. Como ya señalamos, el problema mayor puede darse en el contexto de un partido que tenga fuerte presencia legislativa, pero no se halle a cargo del poder ejecutivo. Dicha situación, en caso extremo, podría producir una suerte de poder dual, el extremo de la ingobernabilidad. El caso más positivo podría ser un gobierno que coordine bien sus acciones y que existan los suficientes controles y equilibrios entre los poderes del Estado, una condición indispensable para contar con un Estado de derecho democrático, en el sentido más amplio y pleno del término.
Estos peligros están sembrados y gracias al REV tendrán la oportunidad de debutar y por primera vez tendremos la oportunidad de ver en acción a todas esas reglas actuando de modo conjunto.
En síntesis, los escenarios empíricos nos dicen que existe un proceso de aprendizaje en marcha que está permitiendo obtener cerca de 10% más de escaños que de votos, situación que va profundizando la desproporcionalidad del REV, lo cual en buenas cuentas significa apartarse cada vez más de una relación sana de 1 ciudadano, 1 voto, igual peso electoral de cada voto, que sin dudas es la mejor salvaguarda de toda democracia.
En el marco de este esquema son altamente probables los siguientes escenarios:


Escenarios probables y realistas
                                Escenarios/
Características
Escenario 1
Escenario 2
Cantidad de partidos
8
8
Primer lugar PRIMERA VUELTA
MAS
MAS
Votos %
36,00
38,00
ESCAÑOS
Cantidad
%
Cantidad
%
Senadores
18
50
16
44
Diputados
56
43
66
51
Plurinominales
4
6
12
20
Uninominales
47
78
48
76
Especiales
5
71
6
85
Sesgo 1 Senadores %
14
6
Sesgo 2 Diputados %
7
13
Ganador SEGUNDA VUELTA
CC
CC

Las memorias de cálculo de ambos escenarios pueden ser vistas y analizadas en el archivo Excel adjunto, que también sirve como guía para seguir el proceso de asignación de votos a los frentes políticos. [9]

Ambos escenarios toman en cuenta muy de cerca tanto el voto duro del MAS que ronda el 35%, así como el gran peso que adquirió especialmente en los diputados uninominales y especiales. En ambos escenarios consideramos que será imposible para el MAS repetir sus resultados de elecciones pasadas. El efecto arrastre o ganador que solía tener, permitía que fácilmente se sumen muchos sectores de la población a su carro. Ahora ha quedado en manos de su voto duro casi exclusivamente. Por ello, se considera en ambos escenarios que el sesgo electoral será la variable central en la disputa, y en este punto es donde primordialmente se diferencian estos dos escenarios, en la magnitud del sesgo que es posible alcanzar. El escenario 1 es más escéptico en relación a la magnitud de dicho sesgo y no cree que logre controlar con mayoría absoluta ninguna de las cámaras. El escenario 2 apuesta que el corazón de la lucha electoral se centrará en lograr controlar al menos una cámara y con mayor probabilidad, la de Diputados. Este será su seguro para tener un instrumento de presión y eventualmente de negociación con el nuevo gobierno. Será la única bandera que el MAS logre retener para tener un peso específico en la conducción de los destinos del país, por lo que en este escenario consideramos que allí se dará la batalla de fondo.

Por ahora no son más que apuestas que intentan escrutar en lo que acontecerá el 18 de octubre venidero y se apoyan en las tendencias de fondo que hemos podido observar a lo largo de todos estos años, estrechamente vinculadas a las formas de explotar el REV.

4.3            Contraste entre escenarios teóricos y empíricos

Contrastar los diferentes tipos de escenarios, todos posibles en el marco de las reglas que establece el REV, es vital, ya que nos muestra las posibles tendencias de evolución de los resultados esperados y de realización de dichas posibilidades en el transcurso del tiempo, fiel a la categoría dialéctica de posibilidad-realidad. No solo eso, sino que también nos advierte frente a peligrosas tendencias que ya se han puesto de manifiesto y sobre todo, sobre las consecuencias que se pueden derivar de las mismas. Los escenarios teóricos destacados son casos extremos, completamente improbables, pero nos muestran los posibles resultados extremos que acepta y permite el REV. Ello nos tiene que poner en guardia y no limitarnos a estimaciones del grado de proporcionalidad actualmente existente, sin considerar y tomar en cuenta que en el seno del REV se hallan tendencias que favorecen comportamientos completamente antidemocráticos. Estar advertido que el REV es un régimen con tendencia predominantemente a favorecer minorías avezadas que intenta camuflarse en la proporcionalidad y que además tiende a sesgar cada vez más sus resultados, al punto de permitir y aceptar que minorías electorales cada vez más reducidas puedan apropiarse de la mayoría de la representación ciudadana, es una tarea fundamental a cumplir por las autoridades el ramo y por los observadores de la realidad.
Al tomar en cuenta el hecho que el REV deja abierta la posibilidad de producir resultados con sesgos muy pronunciados, la evaluación que se puede hacer de dicho régimen a futuro es que puede generar resultados preocupantemente inesperados. Es muy probable que los observadores dejen de considerar al REV como un instrumento básicamente proporcional, para pasar a considerarlo como un instrumento capaz de producir sesgos y por tanto mayorías legislativas alejadas de la voluntad soberana.
En este punto es indispensable tomar en cuenta las mayorías absolutas que logró el MAS en los pasados 14 años, así como su proclividad a aprovechar todo resquicio en su favor, que le permitió repetir esos resultados únicos en la historia democrática boliviana, exceptuando los alcanzados por el MNR en los años de la revolución del 52. A lo largo de este trabajo hemos señalado algunos ejemplos de “aprendizaje” que ha realizado el MAS en todos los años anteriores, introduciendo ajustes y modificaciones que puedan beneficiarlo, cuidando la gallina de los huevos de oro, es decir, el núcleo o corazón del REV que le ha resultado extraordinariamente beneficioso.
En las elecciones venideras los factores que estarán en el centro de la atención serán tanto los candidatos uninominales que escoge el MAS, como las prácticas de control del voto que logre aplicar. Ambos factores son cruciales para producir sesgos inauditos.
Durante las últimas tres elecciones el MAS logró en promedio 52 de las diputaciones uninominales y especiales, lo que significa más de 2/3 de dichos diputados, un resultado excepcionalmente alto. En esta elección en que ya no tendrá todas las prerrogativas y privilegios como para manipular en diferentes instrumentos (padrón electoral, cantidad y límites de circunscripciones, traslado fraudulento de electores, control del TSE y TEDs, inscripción de partidos con apoyo no verificado, etc.), sus opciones se ven aparentemente limitadas, pero en realidad se ven favorecidas por el mayor peso electoral que aún conservaría, así como por la gran cantidad de partidos participantes, la mayor parte de ellos con peso relativamente homogéneo, situaciones que facilitan mucho la producción de sesgos electores.

5.     Conclusiones

Al combinar un sistema proporcional con un sistema mayoritario de votación y asignar los escaños mediante un solo proceso integrado de conversión de votos en escaños, el REV ha introducido una diversidad de mecanismos que restan proporcionalidad a la elección, favorece la producción de sesgos y, por tanto, se constituye en un arma de doble filo muy peligrosa para la estabilidad de la misma democracia, ya que puede socavar significativamente la legitimidad y confianza de la ciudadanía en los resultados electorales que produce.
Hasta ahora no se ha producido un desenlace de tal magnitud que lleve a cuestionar el último bastión de la democracia, su proceso electoral, pero el REV ha dejado las puertas abiertas para que un resultado extremo pueda producirse.
Como hemos señalado, es menos probable que un partido pueda ganar las elecciones y apoderarse de una o ambas cámaras gracias a dichos sesgos, a que pueda apropiarse de la gobernabilidad del país gracias a la desproporción que pueda darse entre votos y escaños. Si a ello sumamos el hecho que la doble vuelta electoral -hasta ahora nunca empleada en Bolivia- tiene el enorme defecto de elegir si o si el poder legislativo en la primera vuelta y, en caso dado, solo el poder ejecutivo en la segunda, entonces este solo factor ya introduce una factor de enorme riesgo de inestabilidad. La experiencia del vecino Perú con esta norma nos muestra cuán inapropiada resulta desde el punto de vista de la gobernabilidad, más aún cuando existe una renuencia profunda a dialogar y establecer acuerdos de gestión y gobernabilidad. [10]
Por ello, si sumamos los sesgos que es posible producir en el marco del REV y el hecho que el MAS se niega a facilitar la gobernabilidad del país, y que prefiere torpedear todos las decisiones que, por ejemplo, al presente viene tomando el gobierno transitorio, podemos decir que nos hallamos en el peor de todos los mundos desde la perspectiva del REV y de la constelación de actores y factores que intervienen para elegir los poderes públicos en Bolivia en el curso de este año 2002. Tratar de evitar estos extremos es un imperativo ineludible para cuidar la suerte del país.

6.     Recomendaciones

La principal recomendación está relacionada por supuesto con el mismo REV. Es crucial revisar a fondo su actual estructura productora de sesgos y sus formas de conculcar los derechos electorales de los bolivianos. No es aceptable que minorías puedan tomar decisiones por mayorías, ya que sus horizontes de visibilidad usualmente serán más angostos y estrechos que los que usualmente pueden esperarse de mayorías. ¿Cuál es la diferencia fundamental? La necesidad de producir soluciones satisfactorias para el conjunto del país, situación que resulta mucho menos probable esperar por parte de las minorías. Es más, un país tan diverso que aliente la fragmentación y la segmentación en sus procesos de decisión, sin definir nortes comunes que permitan superar carencias estructurales, solo puede generar un futuro mucho más precario. Además, la distribución de escaños sin respetar el tamaño poblacional no tiene otra justificación que evitar dejar al margen de las decisiones nacionales a las distintas regiones del país. Esa preocupación es completamente legítima, pero debe resolverse por medio de otros acuerdos, a insertarse en la Constitución, por ejemplo, pero el REV no puede ser el vehículo para resolver la misma.
Algunas de las medidas que pueden tomarse, lo cual recién será posible para las elecciones posteriores al 2020, se relacionan con la eliminación de los sesgos electorales, tanto los relacionados con la distribución de escaños por departamento que no se basan en el peso poblacional, como los relacionados con los votos por mayoría simple en circunscripciones uninominales. Es indispensable revisar a fondo la pertinencia de dichas circunscripciones, especialmente desde la perspectiva de la división de las preocupaciones por el país como conjunto.
De igual modo es indispensable en una sociedad tan escindida y polarizada como la nuestra, enfrentar dicha polarización, para lo cual se requiere conformar mayorías mediante el voto directo y no mediante fórmulas rebuscadas de transformación de votos en escaños qua alientan y favorecen a una suma de maquinaciones antes que a una suma de votos.
Tanto la segunda vuelta, como la regla de 40/10 resultan armas de extremo peligro para una sociedad tan poco consolidada en lo relacionado con una comprensión común y compartida tanto de la problemática imperante sobre la que se debe actuar, como de las visiones y vías de solución a seguir.  El problema de ambas es que destruyen la posibilidad de construir mayorías nacionales auténticas, no artificiales ni fabricadas, que no se basen en prebendas, sino en propuestas bien estructuradas, basadas en un diagnóstico común y compartido de la problemática nacional y en visiones deseables y viables de realización.
También es oportuno mencionar una serie de otras reformas, ajustes y precisiones que es indispensable encarar, en particular para mejorar la Ley 026, como ser:
·        Introducir una segunda vuelta entre los uninominales más votados o diseñar CU más amplias donde se elija a varios diputados y pueda usarse la regla proporcional
·        Definitivamente excluir a partidos que no cumplan el 3% de los votos de toda distribución de escaños. En ese caso y mientras se mantenga el REV inalterado, tendría que asumir ese escaño el segundo partido más votado de la CU, si cumple el criterio de la barrera electoral.
·        En el caso de la regla del 40/10, aclarar que la diferencia establecida entre partidos no es 10 por ciento, sino 10 puntos porcentuales, ya que puede ser impugnada su actual interpretación.
·        Introducir todas las medidas que sean necesarias para fortalecer la proporcionalidad y eliminar las disposiciones que usan a los plurinominales como escalera de los uninominales.
No obstante y más allá de la urgencia y posibilidad de encarar prontas reformas del REV, es indispensable destacar que los resultados de las elecciones no responden única y exclusivamente al conjunto de reglas establecidas en el REV, sino que ello depende a su vez de modo altamente significativo de la forma y la manera en que se asumen y aprovechan dichas reglas. El comportamiento de los actores políticos y sociales es decisivo, la cantidad de contendientes es crucial, el peso de los diferentes frentes es determinante, y todos estos factores influyen en diverso grado y medida en todos los demás elementos que hemos destacado.
Por ello, la segunda recomendación fundamental  de este trabajo está relacionada con el comportamiento de los partidos políticos. Queda en evidencia que en las próximas elecciones puede producirse un descalabro monumental, ya que la concurrencia de tantos partidos políticos, varios de ellos con pesos electorales parecidos, deja las puertas abiertas de par en par para que el MAS que ha violado flagrantemente la Constitución y las leyes y cometido un fraude electoral descarado con tal de prorrogarse “democráticamente” en el poder, y además se ha manifestado como contrario a todo entendimiento democrático, pueda obtener una mayoría de bloqueo de la gobernabilidad en el legislativo.
En este marco, pretender que sea el elector el que establezca la unidad que se requiere y exige con tanta urgencia a tiempo de concurrir a las urnas, es una gran irresponsabilidad con la suerte del país, porque el país no se construye por la casual coincidencia de decisiones, sino en base a acuerdos bien estudiados y establecidos en torno a una visión de desarrollo nacional, centrada en la superación de la problemática nacional que nos acosa, como en la construcción del futuro que ansiamos.
Sin un esfuerzo profundo y decidido de las fuerzas políticas para construir dicha unidad, la suerte del país queda sujeta a una suerte de lotería, donde cada elector, en uso de su voto, votará por la fuerza política que mejor le parezca, lo cual puede coincidir con una o varias fuerzas políticas. La arrogancia de los partidos de creerse los elegidos, únicos, exclusivos e imprescindibles es tan grotesca que en conjunto, pero cada uno por su lado, pueden estar produciendo el mayor descalabro de nuestra historia. Lo peor es que están jugando con la suerte y el porvenir del pueblo.
Este trabajo se ha elaborado para tratar de mostrar todo los peligros que trae consigo este proceso electoral en particular, así como para señalar y dejar claramente marcada la responsabilidad de los partidos y políticos con los resultados. Trasladarla ligeramente al elector, que son millones con una gran heterogeneidad de niveles de información y conocimiento de la problemática existente, repetimos, es una irresponsabilidad sin nombre con la suerte del país.



ANEXO 1: ASPECTOS LEGALES


SUFRAGIO:
CPE 1994 Artículo 219°.- El sufragio constituye la base del régimen democrático representativo y se funda en el voto universal, directo e igual, individual y secreto, libre y
obligatorio; en el escrutinio público y en el sistema de representación proporcional.
CPE 2009 Artículo 26°, II, 2. El sufragio, mediante voto igual, universal, directo, individual, secreto, libre y obligatorio, escrutado públicamente. El sufragio se ejercerá a partir de los dieciocho años cumplidos.
ELECCIÓN DE SENADORES
2002: CPE 1994

Artículo 63°.- El Senado se compone de tres Senadores por cada departamento, elegidos mediante voto universal directo: dos por mayoría y uno por minoría, de acuerdo a ley.

2020: CPE 2009
Artículo 148.
I. La Cámara de Senadores estará conformada por un total de 36 miembros.
II. En cada departamento se eligen 4 Senadores en circunscripción departamental, por votación universal, directa y secreta.
III. La asignación de los escaños de Senadores en cada departamento se hará mediante el sistema proporcional, de acuerdo a la Ley.

2020: LEY 026
Artículo 55. (SISTEMA DE ASIGNACIÓN DE ESCAÑOS). Para la asignación de  escaños se aplicará el sistema proporcional de la siguiente manera:
Los votos acumulativos obtenidos en cada Departamento, para Presidente o Presidenta, por las organizaciones políticas, se dividirán sucesivamente entre los divisores naturales: 1, 2, 3 y 4, en forma correlativa, continua y obligada. Los cocientes obtenidos se ordenan de mayor a menor para establecer el número de Senadores que correspondan a cada organización política en cada Departamento.
ELECCIÓN DE DIPUTADOS
2002: TEXTO ORDENADO DE LA LEY Nº 1984

Artículo 181º.- (BARRERA ELECTORAL).
1) La adjudicación de diputaciones plurinominales se realizará entre los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas, pueblos indígenas o alianzas que hubieran obtenido una votación que supere el tres por ciento del total de votos válidos a nivel nacional.
2) Las diputaciones uninominales se adjudicarán por simple mayoría, independientemente de la barrera establecida en el inciso anterior.

Artículo 90º.- (SISTEMA DE ASIGNACIÓN DE ESCAÑOS). Las diputaciones se adjudicarán según el sistema proporcional La Corte Nacional Electoral, una vez concluido el cómputo nacional y aplicando el Artículo precedente, procederá de la siguiente manera:
a) Tomará el número de votos acumulativos logrados por cada partido político, agrupación ciudadana, pueblo indígena, frente o alianza en cada Departamento.
b) Los votos acumulativos obtenidos por cada partido político, agrupación ciudadana, pueblo indígena, frente o alianza se dividirán entre la serie de divisores naturales (1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 etc.) en forma correlativa, continua y obligada, según sea necesario en cada Departamento.
c) Los cocientes resultantes de estas operaciones, dispuestos en estricto orden descendente, de mayor a menor, servirán para establecer el número proporcional de diputados correspondiente a cada partido político, agrupación ciudadana, pueblo indígena o alianza, en cada Departamento.
d) A este número proporcional de diputaciones se deberá descontar las obtenidas en circunscripciones uninominales. El remanente de esta operación será adjudicado de acuerdo al orden de la lista plurinominal, hasta alcanzar el número proporcional que corresponda, según lo establecido en el inciso anterior.
e) Si el número de diputaciones uninominales superara el número proporcional establecido en el inciso c), las diputaciones se adjudicarán dando prioridad al número de diputaciones uninominales.
f) Si el número de diputados uninominales fuera mayor al que le correspondiera en la aplicación del inciso b), la diferencia se cubrirá restando escaños a los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas, pueblos indígenas o alianzas que tengan los cocientes más bajos en la distribución por divisores, en estricto orden ascendente.

2020: LEY 026
Artículo 59. (ASIGNACIÓN DE ESCAÑOS PLURINOMINALES). En cada departamento se asignarán escaños plurinominales, entre las organizaciones políticas que alcancen al menos el tres por ciento (3%) de los votos válidos emitidos a nivel nacional, a través del sistema proporcional, de la siguiente manera:
a) Los votos acumulativos obtenidos, para Presidenta o Presidente, en cada Departamento, por cada organización política, se dividirán sucesivamente entre divisores naturales: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, etcétera, en forma correlativa, continua y obligada.

b) Los cocientes obtenidos en las operaciones, se ordenan de mayor a menor, hasta el número de los escaños a cubrir, para establecer el número proporcional de diputados correspondiente a las organizaciones políticas en cada Departamento.

c) Del total de escaños que corresponda a una organización política, se restarán los obtenidos en circunscripciones uninominales, los escaños restantes serán adjudicados a la lista de candidatas y candidatos plurinominales, hasta alcanzar el número proporcional que le corresponda.

d) Si el número de diputados elegidos en circunscripciones uninominales fuera mayor al que le corresponda proporcionalmente a una determinada organización política, la diferencia será cubierta restando escaños plurinominales a las organizaciones políticas que tengan los cocientes más bajos de votación en la distribución por divisores en estricto orden ascendente del menor al mayor.

ARTÍCULO 104. (MODIFICACIÓN DE CIRCUNSCRIPCIONES). El Tribunal Supremo
Electoral podrá modificar y/o actualizar los mapas de las circunscripciones uninominales y especiales, conforme a lo previsto en la Constitución Política del Estado y en la presente Ley, cuando se actualicen los datos demográficos como resultado de nuevos censos o se modifique por Ley del Estado Plurinacional el número de circunscripciones uninominales o especiales.

Este artículo significa simplemente que haya o no haya un Censo, se puede modificar los mapas de las circunscripciones, pues basta con modificar el número de circunscripciones para efectuar los ajustes. Esa es pues la razón por la que en los últimas cinco contiendas electorales hemos tenido un total de 4 formas de distribución de circunscripciones, pese a que solo ha habido 2 censos en ese lapso. Otro ejemplo de los procesos de “aprendizaje” habidos, a fin de explotar al máximo las opciones que ofrece el REV.







ANEXO 2: MEMORIA DE CÁLCULO REQUERIDO PARA TRANSFORMAR VOTOS EN ESCAÑOS

A fin de poder reconstruir los pasos que se requiere dar para asignar los escaños que le corresponden a cada partido, es oportuno revisar el link que se adjunta en el que se presentan los escenarios que se han planteado.





[1]  Ver, OEP, REGLAMENTO DE DELIMITACIÓN DE CIRCUNSCRIPCIONES  UNINOMINALES, 2014. En particular es notable su cálculo de desviaciones estándar con el ánimo de revestir de seriedad sus manipulaciones.
[2] Véase una caracterización del concepto en: https://es.wikipedia.org/wiki/Gerrymandering. Ver también:  Las claves para entender el ‘gerrymandering’, la manipulación de los mapas electorales en EE.UU. https://www.france24.com/es/20190627-claves-entender-gerrymandering-que-es
[3] La información sobre votos y escaños en elecciones nacionales es oficial y proviene en su integridad del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), en particular de su Atlas Electoral. También se han tomado de dicha fuente sus cartillas de cálculo e incluso las leyes vigentes, en algunos casos ya actualizadas.
[4] Por ejemplo, en un departamento un partido logró votación para tener 6 diputados por proporción de votos, sin embargo en la votación de CU logra 8 diputados, de acuerdo al procedimiento de la Ley 026, Art. 59 c).”Del total de escaños que corresponda a una organización política, se restarán los obtenidos en circunscripciones uninominales, los escaños restantes serán adjudicados a la lista de candidatos plurinominales, hasta alcanzar el número proporcional que corresponda.” En este caso la proporcionalidad es superada por dos escaños, para ello la Ley considera en su parágrafo d) “d. Si el número de diputados elegidos en circunscripciones uninominales fuera mayor al que le corresponda proporcionalmente, la diferencia será cubierta restando escaños plurinominales a las organizaciones políticas que tengan los cocientes más bajos de votación en la distribución por divisores en estricto orden ascendente del menor al mayor.” Por lo que tendrían que disminuirse dos diputados plurinominales de otras organizaciones políticas.
[5] En realidad, para ser más precisos, habría que señalar que no se eligen diputados plurinominales, ya que los candidatos a diputaciones plurinominales que finalmente llegan a la ALP son los que quedaron en las listas de los partidos después de haberse elegido a los diputados uninominales. Por ello, puede decirse legítimamente que más bien se trata de una elección por descarte.
[6] Datos tomados de: TSE/OEP. ACTA DE CÓMPUTO NACIONAL. Elecciones Generales 2014
[7] Ver: Boletín Informativo del OEP.  Distribución y asignación de escaños. Julio 2020, en: https://www.oep.org.bo/institucional-institucional/todo-sobre-la-distribucion-y-asignacion-de-escanos-en-boletin-informativo-del-oep/

[8] El tema de las diputaciones especiales definitivamente no está bien digerido en el marco del REV. Ocurre que no se dice nada acerca de su inclusión o no en toda la mecánica que hemos expuesto de conversión de votos en escaños. Otro aspecto que no queda claro es el grado y la medida en que los candidatos que postulan  a estas diputaciones realmente son representantes auténticos de los pueblos indígenas, en qué medida se hallan umbilicalmente conectados con ellos y representan sus aspiraciones y necesidades. Por lo que se ha podido observar, el MAS prácticamente se ha apropiado de estos escaños, constituyendo de este modo un suerte de segunda renta electoral, que le proporciona 6 escaños, los que con mucha probabilidad pueden hacer la diferencia en las elecciones venideras entre ganar la cámara de diputados con mayoría absoluta o relativa.
[10] Para tomar en cuenta la experiencia polarizadora del Perú con la segunda vuelta, véase: Conflictividad Electoral en el Perú: Aportes para el Debate de la Reforma Política. https://www.demoamlat.com/conflictividad-electoral-en-el-peru-aportes-para-el-debate-de-la-reforma-politica/




LA VERSIÓN EN PDF DE ESTE ANÁLISIS SE ENCUENTRA EN:

SESGO ELECTORAL EL MAYOR PELIGRO PARA LA DEMOCRACIA BOLIVIANA_CRZC_MZC_final_revisado - Documentos de Google